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la adopción de la Declaración y Plan de Acción de México para Fortalecer la Protección
Internacional de los Refugiados en América Latina, en noviembre de 2004, en conmemoración
de los 20 años de la Declaración de Cartagena sobre Refugiados, tuvo como un punto central
de preocupación el problema de los victimados en el actual desplazamiento interno en
Colombia, en medio a un genuino espíritu de solidaridad latinoamericana. En esta ocasión se
reafirmaron precisamente las convergencias (en los planos normativo, hermenéutico y
operativo) entre el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, el Derecho Internacional
de los Refugiados, y el Derecho Internacional Humanitario26.
45.
El presente caso de la Masacre de Mapiripán revela el triste destino de los victimados,
inclusive - más allá de los determinados en la presente Sentencia - de los que quedan
olvidados ante la indiferencia del mundo brutalizado de nuestros días. Por todo lado hay un
silencio sepulcral de los inocentes (sea en Colombia, sea en Iraq, sea en Estados Unidos, sea
en Afganistán, sea en España o en el Reino Unido, entre tantos otros países), los victimados
por el terror en sus distintas manifestaciones (todas ellas haciendo abstracción de los
principios básicos de humanidad, de distinción, de proporcionalidad, propios del Derecho
Internacional Humanitario).
46.
No se combate el terror con el terror, sino en el marco del Derecho. Los que acuden al
uso de la fuerza bruta se brutalizan ellos mismos, creando una espiral de violencia
generalizada que termina por victimar los inocentes, inclusive niños. Que el caso de la Masacre
de Mapiripán sirva de alerta a los heraldos irresponsables de la así-llamada "guerra contra el
terror", al margen del Derecho y de la Carta de Naciones Unidas.
47.
La fuerza bruta genera la fuerza bruta, y, al final, qué tenemos? La nada, la
devastación general, la descomposición del tejido social, las venganzas, las torturas y
ejecuciones sumarias y otras violaciones graves del Derecho Internacional Humanitario27 y del
Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la transformación de los seres humanos en
meros instrumentos de la confrontación y destrucción, - abriendo heridas que requerirán
generaciones para cicatrizar.
48.
Como me permití recordar en mi Voto Razonado en el caso de la Masacre de Plan de
Sánchez (reparaciones, Sentencia del 19.11.2004), "ya los antiguos griegos se daban cuenta
de los efectos devastadores del uso de la fuerza bruta y de la guerra tanto sobre vencedores
como sobre vencidos, revelando el gran mal de la sustitución de los fines por los medios"
(párr. 29); desde la época de la Ilíada de Homero hasta hoy, todos los partidarios de la fuerza
bruta se transforman en piezas del engranaje de la máquina de matar. Como en la Ilíada de
Homero, "no hay vencedores ni vencidos, todos son tomados por la fuerza, poseídos por la
.
Cf. A.A. Cançado Trindade, "Aproximaciones y Convergencias Revisitadas: Diez Años de
Interacción entre el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, el Derecho Internacional de los
Refugiados, y el Derecho Internacional Humanitario (De Cartagena/1984 a San José/1994 y
México/2004", in Memoria del Vigésimo Aniversario de la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados
(1984-2004), México/San José de Costa Rica, ACNUR, 2005, pp. 139-191.
26
.
Cf. J. Cardona Lloréns, "Libération ou occupation? Les droits et devoirs de l'État vainqueur", in
L'intervention en Irak et le Droit international (eds. K. Bannelier, O. Corten, Th. Christakis y P. Klein),
Paris, Pédone/CEDIN, 2004, pp. 221-250; G. Abi-Saab, "Les Protocoles Additionnels, 25 ans après", in
Les nouvelles frontières du Droit international humanitaire (ed. J.-F. Flauss), Bruxelles, Bruylant, 2003,
pp. 33-36; Y. Sandoz, "L'applicabilité du Droit international humanitaire aux actions terroristes", in ibid.,
pp. 71-72.
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