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prisión, y al último a 33 años de prisión, por el homicidio de 15 personas, concierto para
delinquir y por el concurso homogéneo de hurto agravado y calificado. Con la excepción de
Francisco Enrique Villalba, quien se encuentra detenido cumpliendo pena de prisión por otros
delitos, los civiles mencionados –incluyendo importantes líderes paramilitares— fueron
juzgados y condenados en ausencia y las órdenes de detención en su contra aun no han sido
ejecutadas.
125.94
El 6 de febrero de 2004 se trasladó a la investigación penal el fallo disciplinario
(infra párr. 125.98 y 125.100) en contra del Teniente del Ejército, el señor Everardo Bolaños
Galindo y el cabo primero, el señor Germán Antonio Alzate Cardona, por colaboración y
omisión en relación con los hechos ocurridos en el corregimiento de El Aro. El 16 de
diciembre de 2004 dichas personas fueron vinculadas al proceso penal. El cabo primero fue
declarado persona ausente el 11 de enero de 2005. El 1 de marzo de 2005 se profirió orden
de captura en contra de éstos. El Teniente del Ejército se encuentra privado de su libertad en
la cárcel de máxima seguridad de Cómbita.
125.95
Testigos, abogados y fiscales involucrados en las investigaciones de los hechos
de El Aro han debido abandonar la zona o el país por razones de seguridad.
vi)
Procesos disciplinarios
125.96
El 7 y 11 de diciembre de 1998 la Procuraduría provincial de Caucasia, en
razón de que los supuestos hechos no habían sido cometidos por miembros del Ejército, sino
por paramilitares, resolvió archivar varios procesos disciplinarios relacionados con los
siguientes hechos en El Aro: (1) el hurto de varias cabezas de ganado de la finca de Bernardo
Jiménez, en los días 20 y 28 de octubre de 1997; (2) la muerte de Omar Iván Gutiérrez
Nohavá, ocurrida el 23 de octubre de 1997; y (3) el hurto de ganado ocurrido en la finca de
los hermanos García Lopera, el 25 de octubre de 1997.
125.97
El 10 de agosto de 2001 la Procuraduría General de la Nación resolvió archivar
un proceso disciplinario relacionado con la presunta responsabilidad del Mayor General Carlos
Ospina Ovalle “y otros miembros del Ejército”, por “los hechos ocurridos a finales de octubre
de 1997 en el corregimiento de El Aro”. La Procuraduría no consideró que existía prueba
suficiente para responsabilizar al Ejército de presuntas omisiones en relación con tales
hechos.
125.98
El 30 de julio de 2001, a raíz de múltiples quejas presentadas desde el año
1997 con motivos de los hechos en El Aro, la Procuraduría Delegada Disciplinaria para la
Defensa de los Derechos Humanos ordenó la apertura de una investigación disciplinaria
contra el Teniente capitán Germán Morantes Hernández, el Teniente Everardo Bolaños
Galindo y el cabo primero Germán Antonio Alzate Cardona.
125.99
El 28 de enero de 2002 la Procuraduría Delegada Disciplinaria para la Defensa
de los Derechos Humanos se inhibió de proseguir actuación disciplinaria en contra del
Teniente capitán Germán Morantes Hernández y resolvió formular cargos disciplinarios contra
el Teniente Everardo Bolaños Galindo y el capitán Germán Antonio Alzate Cardona.
125.100
El 30 de septiembre de 2002 la Procuraduría Delegada Disciplinaria para la
Defensa de los Derechos Humanos resolvió sancionar al Teniente Everardo Bolaños Galindo y
al cabo primero Germán Antonio Alzate Cardona, alias “Rambo”, destituyéndolos de sus
cargos como funcionarios públicos por hallarlos responsables de haber colaborado y facilitado
con dolo la incursión paramilitar en El Aro y la sustracción de ganado. El 1 de noviembre de
2002, ante un recurso de apelación presentado por las personas mencionadas anteriormente,
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