Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos⋅ 3 de febrero de 2010 Caso García Prieto y otros Vs. El Salvador Supervisión de Cumplimiento de Sentencia Visto: 1. La Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas (en adelante “la Sentencia”) emitida en el presente caso por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) el 20 de noviembre de 2007, en la que dispuso que el Estado debe: […] 5. concluir las investigaciones pendientes respecto al homicidio de Ramón Mauricio García Prieto y las amenazas y hostigamientos sufridos por el señor José Mauricio García Prieto Hirlemann y la señora Gloria Giralt de García Prieto, en un plazo razonable, en los términos de los párrafos 192 al 197 de la […] Sentencia. 6. publicar en los términos del párrafo 198 de la […] Sentencia en el Diario Oficial y en otro diario de amplia circulación nacional, en el plazo de seis meses contado a partir de la notificación de la misma, por una sola vez, lo siguiente: la parte resolutiva de[l] Fallo, así como los párrafos que se indican a continuación: 1 a 3, 5 a 11 del Capítulo I denominado “Introducción de la Causa y Objeto de la Controversia”; y 76 a 160, del Capítulo VIII denominado “Artículo 5 (Derecho a la Integridad Personal), 8.1 (Garantías Judiciales) y 25.1 (Protección Judicial) en relación con el artículo 1.1 (Obligación de Respetar los Derechos)” de la Convención, incluyendo los nombres de cada capítulo y del apartado según corresponda y sin las notas a pie de página. 7. El Estado debe brindar la asistencia médica, psiquiátrica o psicológica que requieran el señor José Mauricio García Prieto Hirlemann y la señora Gloria Giralt de García Prieto, la cual debe ser suministrada de forma gratuita, en los términos de los párrafos 200 al 201 de la […] Sentencia. ⋅ El Juez Diego García-Sayán se excusó de conocer el presente caso, de conformidad con los artículos 19.2 del Estatuto y 19 del Reglamento de la Corte entonces vigente (actual artículo 21), por lo que no participó en la emisión de la Sentencia ni de la presente Resolución. Por tal motivo el Juez García-Sayán cedió la Presidencia, en los términos del artículo 4.2 del Reglamento, al Vicepresidente del Tribunal, Juez Leonardo A. Franco, Presidente en ejercicio para el presente caso.

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