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delinquir; una por instigación al terrorismo, y una por secuestro con fines
terroristas. Todas las investigaciones se encuentran en la etapa previa. La
Unidad Seccional de Fiscalías de Antioquía y Medellín y la Fiscalía Delegada ante
los Jueces Penales del Circuito Especializado señalaron que, una vez revisados
los libros radicadores y de asignación, no se encontró investigación alguna por
los hechos presuntamente ocurridos en el área de jurisdicción de esas Fiscalías,
donde se registran como víctimas los miembros de las Comunidades del
Jiguamiandó y del Curbaradó, y
e)
la verificación de la siembra de palma africana no es parte de las
medidas provisionales. Sin embargo, el Instituto Colombiano de Desarrollo
Rural (INCODER) coordinó la visita de verificación a las cuencas de los ríos
Curbaradó y Jiguamiandó entre el 25 de octubre de 2004 y el 1 de noviembre
de 2004.
14.
El escrito de observaciones presentado por los representantes el 10 de
noviembre de 2004, en el cual señalaron, inter alia, que:
a)
se han producido nuevos hechos, entre los que están: el 29 de
septiembre de 2004 miembros del Consejo Comunitario que se encontraban en
el sitio conocido como La Grande, para la venta y compra de productos, fueron
rodeados mientras dormían por unidades militares del Batallón Fluvial del
Ejército Nacional, quienes los hicieron despertarse e interrogaron a uno de los
miembros. Los militares señalaron a los integrantes del Consejo Comunitario
como guerrilleros y, debido al acoso militar de que eran objeto, se vieron
obligados a regresar en la madrugada a las zonas humanitarias. El 12 de
octubre de 2004 un grupo de miembros de las Comunidades que se movilizaba
en una embarcación fue abordado por unidades de la Infantería de Marina en La
Grande.
El señor Richard Antonio Guaraona, integrante del Consejo
Comunitario, fue interrogado respecto de su presunta participación en la
guerrilla. Al día siguiente, dicho señor fue trasladado por militares a la cancha
de fútbol del pueblo de La Grande, donde fue nuevamente interrogado. Al día
siguiente, los señores Cristobal Cuadrado, Erasmo Cuadrado y Luis Sierra
fueron interrogados. El 7 de noviembre de 2004, después de la verificación de
siembra de palma africana, los representantes recibieron información en cuanto
a que grupos paramilitares estarían preparando un operativo en contra de los
miembros de las Comunidades en las tres zonas humanitarias, y
b)
urge que el Estado adopte medidas preventivas de tipo civil y militar que
respeten y protejan las zonas humanitarias ante la amenaza de incursión
paramilitar. Las acciones militares del Estado deben tener como objetivo las
bases paramilitares y no las poblaciones civiles de la región. Es inexistente la
respuesta estatal a las medidas provisionales, ya que los miembros de las
Comunidades siguen expuestos a riesgos y los canales de interlocución han sido
inhabilitados. Asimismo, solicitaron a la Corte la realización de una audiencia
pública en este caso.
15.
El escrito de observaciones adicionales presentado por los representantes el 11
de noviembre de 2004, en el cual aclararon, respecto del informe del Estado de 10 de
noviembre de 2004 (supra Visto 13), que a los miembros de las Comunidades del
Jiguamiandó y del Curbaradó no se les ha comunicado de las reuniones de seguimiento
que señaló el Estado, ni han participado en ellas. En cuanto a las brigadas de salud