8 directamente a Haití. Dichas expulsiones separan a las familias, causan traumas y graves consecuencias en la población general, sobretodo en las mujeres y en los niños. Además, muchas de las personas expulsadas llevan 20-30 años en la República Dominicana y ya han perdido los lazos con Haití; muchos no hablan el idioma, no tienen las costumbres haitianas y cuando llegan a Haití, se encuentran en un lugar completamente desconocido. Existen casos de violaciones sexuales en el contexto de las expulsiones. Aproximadamente trabaja con siete comunidades o “bateyes”, comunidades pequeñas que carecen de luz, agua y servicios básicos. Manifestó que las expulsiones se dan sin previo aviso. Expresó que hay legisladores y personas del Gobierno que pidieron, a través de los medios de comunicación, que ella fuera detenida, investigada y expulsada y, asimismo, sus hijos y su familia han sido atemorizados. Finalmente, agregó que la práctica de las expulsiones continúa hasta la fecha. 14. El escrito sometido por la República Dominicana, al finalizar la audiencia pública ante la Corte, y sus Anexos, por medio de los cuales alegó que a) la Comisión se precipitó en su solicitud de medidas provisionales porque no esperó la respuesta del Estado ni usó los medios y mecanismos de que disponía para comprobar la denuncia de los peticionarios; b) la deportación de extranjeros que se encuentran ilegalmente en territorio dominicano es un “derecho irrenunciable e innegociable del Estado dominicano pues el mismo constituye uno de los atributos fundamentales de su soberanía”, consagrado en su ordenamiento jurídico, el cual no viola ningún tratado o convención que el Estado haya firmado o ratificado; c) en la República Dominicana existe un procedimiento de deportación que garantiza el debido proceso y el tratamiento individualizado de los casos de deportación. Dicho procedimiento consiste en tres etapas que son: detención e identificación, investigación y depuración y, por último, verificación y confirmación; d) antes de deportar a una persona, las autoridades competentes establecen con precisión su identidad y su status jurídico en el Estado para distinguir las personas posibles de ser deportadas de las que no lo son. Las personas a ser deportadas están sujetas a una verificación final previa a su entrega a las autoridades haitianas, en la cual participan los Cónsules haitianos; e) la República Dominicana ha hecho un esfuerzo sostenido en establecer mecanismos de repatriación de haitianos con la debida protección de derechos, compromiso que se ha manifestado en los últimos años mediante una profundización en las relaciones de colaboración entre el Gobierno dominicano y el Gobierno haitiano a través de la firma de distintos convenios de cooperación sobre esta materia; f) no es cierto que “la vida e integridad física de un alto número de personas” esté en peligro en la República Dominicana; g) el número de repatriados mensualmente debe analizarse en el contexto de la inmigración masiva de ciudadanos haitianos hacia territorio dominicano; aún así, las estadísticas de la Dirección General de Migración

Select target paragraph3