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forma de escritura es propia de la inteligencia militar, así como la utilización de códigos para
referirse a otras organizaciones, dependencias del aparato represivo, etcétera. Expresaron
que el Diario Militar demuestra la participación de distintas fuerzas de seguridad del Estado
en los operativos de seguimiento y secuestro de personas, incluyendo a la Policía Nacional.
32.
Respecto de la información personal de las presuntas víctimas que consta en
el Diario Militar, así como las circunstancias de los secuestros, esta información fue
confirmada como verídica por los respectivos familiares y otros documentos relacionados
con la violación de derechos humanos elaborados en la década del 80 como, por ejemplo,
informes del Proyecto Interdiocesano “Recuperación de la Memoria Histórica”, informes de la
Embajada de Estados Unidos, de Amnesty International, entre otros. En virtud de esos
argumentos, concluyeron que el Diario Militar es un documento auténtico y una prueba
fehaciente de la responsabilidad internacional del Estado por las desapariciones forzadas,
torturas y ejecuciones extrajudiciales alegadas.
33.
Los peticionarios realizaron un recuento de la vida de las presuntas víctimas
y las circunstancias de su desaparición, mencionaron en cada uno de los casos las acciones
de búsqueda iniciadas o, en su defecto, las causas (generalmente temor y/o amenazas) por
las cuales esas acciones de búsqueda no se iniciaron sino luego de pasada la etapa más dura
de la represión. Según informaron los peticionarios, José Miguel Gudiel Álvarez tenía 23
años al momento de su desaparición forzada, era el tercero de siete hermanos y trabajaba
como ayudante de albañil para sostener a la familia debido a que su padre era perseguido
por las fuerzas de seguridad. Orencio Sosa Calderón tenía 39 años al momento de su
desaparición, estaba casado con cuatro hijos y era médico-cirujano de profesión. Oscar
Eduardo Barillas Barrientos tenía 35 años al momento de su desaparición, tenía dos
hermanos y pertenecía al Partido Guatemalteco del Trabajo (PGT). José Porfirio Hernández
tenía 36 años al momento de su desaparición, tenía tres hijos y era agricultor y miembro del
PGT. Octavio René Guzmán Castañeda tenía 21 años al momento de su desaparición, era
maestro de educación primaria y estudiante en la Universidad de San Carlos. Álvaro Zacarías
Calvo Pérez tenía 27 años al momento de su desaparición, estaba casado con un hijo y era
maestro de educación primaria. Víctor Manuel Calderón Díaz tenía 26 años al momento de
su desaparición, tenía tres hijos, trabajaba como sastre y fue dirigente sindical. Amancio
Samuel Villatoro tenía 47 años al momento de su desaparición, tenía cinco hijos y era líder
sindical. Manuel Ismael Salanic Chiguil tenía 18 años al momento de su desaparición, era el
mayor de tres hermanos y estudiaba el último año de magisterio en el Instituto Rafael
Aqueche. Carlos Guillermo Ramírez Gálvez tenía 19 años al momento de su desaparición,
tenía cinco hermanos y era estudiante del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad.
Sergio Saúl Linares Morales tenía 30 años al momento de su desaparición, tenía dos hijos y
trabajaba como especialista en tecnología y sistemas. Luz Haydeé Méndez Calderón tenía 35
años al momento de su desaparición, tenía dos hijos, estudiaba en la Universidad de San
Carlos y estaba involucrada en actividades políticas. Wendy Santizo Méndez, hija de Luz
Haydeé Méndez Calderón, tenía nueve años al momento de su detención y violación. Los
hermanos Juan Pablo y María Quirina Armira López tenían 12 y 15 años respectivametne en
el momento de sus desapariciones, eran estudiantes y su padre había tenido que abandonar
a la familia por la persecución del Ejército. Lesbia Lucrecia García Escobar tenía 26 años al
momento de su desaparición, era la tercera de tres hermanos y era dirigente sindical y
miembro del PGT. Otto René Estrada Illescas tenía 31 años al momento de su desaparición,
estaba casado con un hijo y era dirigente estudiantil y miembro del PGT. Su hermano Julio
establecía que durante las operaciones de inteligencia, se debía llevar registro detallado de actividades y que a su
finalización, los documentos generados debían ser destruidos, circunstancia que debía constar en un acta de
incineración. De esa manera, se garantizaba el secreto de las actividades, el anonimato de los autores materiales e
intelectuales y la obstaculización de las investigaciones judiciales. Con esto, señalan que el Diario Militar demuestra
cómo los registros de la Policía Nacional y la Dirección General de Migración eran utilizados como fuentes de
información para fines represivos.