5 comunicación celular, caballos con aparejos y motores fuera de borda. De acuerdo a la información presentada mediante el escrito de 27 de diciembre de 2010 (supra Visto 2), estas medidas se encontraban en “procesos de implementación”. También señaló que se tenía aprobado un esquema de protección compuesto por un vehículo y dos escoltas a favor del señor Enrique Petro pero que, sin embargo, dicha persona no ha aportado todavía los documentos requeridos para su efectiva implementación. Asimismo, el Estado también informó que se encuentran aprobadas diversas medidas de protección de carácter colectivo consistentes en caballos con aparejos, motores con motor fuera de borda, apoyos de transporte terrestre y medios de comunicación celular. Las medidas se encuentran a cargo del Programa de Protección del Ministerio del Interior y de Justicia. El Comité de Riesgos y Evaluación de Riesgos (CRER) es el ente encargado de recomendar las medidas de protección que considere pertinentes para cada caso concreto y determinar la duración de las mismas. De acuerdo a información más reciente, el Estado señaló que en una reunión celebrada el 22 de febrero de 2011 el CRER abordó algunas solicitudes de protección a favor del señor Manuel Denis Blandón y Uriel Tuberquia. El Estado también precisó que también se encuentra implementando diversas medidas a varios miembros de las Comunidades del Jiguamiandó y del Curbaradó que no son beneficiarios de las presentes medidas provisionales. Entre lo que el Estado denominó como “medidas generales de protección”, señaló que el Gobierno ha reiterado el compromiso de las Fuerzas Militares con la defensa y protección de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario y que, en tal sentido, el Ejército Nacional, a través de la Decimoséptima Brigada y la Fuerza de Tarea de Río Sucio, desarrolla operaciones “en la región, con el objetivo de mejorar e incrementar los niveles de seguridad y garantizar el respeto de los derechos fundamentales de la población civil”. Estas operaciones tienden a desmovilizar, capturar y, en caso de resistencia armada, a neutralizar a los miembros de grupos armados al margen de la ley. La Fuerza Pública de manera permanente implementa y ejecuta acciones en materia de seguridad y orden público en el territorio donde habitan los beneficiarios de las medidas provisionales, entre otros. 9. Los representantes señalaron que transcurridos más de siete años desde la adopción de las presentes medidas provisionales, la situación de extrema gravedad y urgencia que les dio origen persiste. Indicaron que siguen teniendo lugar amenazas de muerte, destrucción de bienes, saqueos, detenciones ilegales, actos de hostigamientos, asesinatos y desapariciones en contra de beneficiarios de las medidas y de otras que personas que no lo son, pero que “comparten las características de riesgo de los beneficiarios”. Estos factores de riesgo están relacionados con la “reivindicación del derecho a la verdad y la justicia respecto de los hechos que ocasionaron el desplazamiento forzado, así como la restitución de tierras de la que fueron expulsados ilegalmente y cuya titularidad aún no ha sido restituida”. Señalaron que aunque “esta última consideración plantea asuntos que serán probablemente considerados [sic] en su momento por la Corte Interamericana, cuando el caso que se encuentra en trámite ante la Comisión Interamericana llegue a su conocimiento, lo cierto es que la condición de víctimas de despojo y de campesinos afrodescendientes que reivindican el derecho a un proceso de restitución justo y transparente, es el principal elemento generador de riesgo de los beneficiarios de las medidas”. Además, los representantes indicaron que “las estructuras criminales que se niegan a restituir las tierras y que pretenden burlar la legalidad y desconocer los derechos de los beneficiarios […] son las mismas estructuras que producen las amenazas, hostigamientos y señalamientos que ubican a los beneficiarios en la situación de extrema gravedad y urgencia que ha justificado la vigencia de las medidas durante todos estos años”. Mencionaron que las operaciones paramilitares son del conocimiento de la Brigada 17 del Ejército Nacional, y son apoyadas por los empresarios. Existe “ausencia de transparencia en las operaciones de la [B]rigada 17 y de la policía de Urabá”. Los representantes también refirieron que “[p]ersisten los montajes judiciales, la apertura de investigaciones judiciales y los intentos de judicialización contra los beneficiarios de medidas provisionales, a quienes se les vincula judicialmente como miembros de las guerrillas y, en ocasiones, como responsables de asesinatos y otros”. De acuerdo a los representantes, esto “ha

Select target paragraph3