RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 21 DE SEPTIEMBRE DE 2005 CASO MARITZA URRUTIA VS. GUATEMALA SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTOS: 1. La Sentencia de fondo y reparaciones dictada en el presente caso por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) el 27 de noviembre de 2003, en la que dispuso, inter alia, que: 5. el Estado debe investigar efectivamente los hechos en el presente caso, que generaron las violaciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el incumplimiento de las obligaciones de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura; identificar, juzgar y sancionar a los responsables, así como divulgar públicamente los resultados de la respectiva investigación […]. […] 6. el Estado debe pagar la cantidad total de US$10,000.00 (diez mil dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en moneda guatemalteca, por concepto de indemnización del daño material […] distribuida de la siguiente manera: a) a Maritza Urrutia la cantidad de US$6,000.00 (seis mil dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en moneda guatemalteca […]; b) a Edmundo Urrutia Castellanos la cantidad de US$1,000.00 (un mil dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en moneda guatemalteca […]; c) a María Pilar García de Urrutia la cantidad de US$1,000.00 (un mil dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en moneda guatemalteca […]; d) a Edmundo Urrutia García la cantidad de US$1,000.00 (un mil dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en moneda guatemalteca […]; y e) a Carolina Urrutia García la cantidad de US$1,000.00 (un mil dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en moneda guatemalteca […]. […] 7. el Estado debe pagar la cantidad total de US$44,000.00 (cuarenta y cuatro mil dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en moneda guatemalteca, por concepto de indemnización del daño inmaterial […], distribuida de la siguiente manera: a) a Maritza Urrutia la cantidad de US$20,000.00 (veinte mil dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en moneda guatemalteca […];