25.
Entonces, de acuerdo con lo informado, en la mañana del 6 de noviembre de
2015, se llevó a cabo en la plazoleta del Palacio de Justicia el acto público de
reconocimiento de responsabilidad internacional por los hechos y violaciones de este
caso 54. El acto fue presidido por el entonces Presidente de la República de Colombia,
quien, además de realizar dicho reconocimiento, pidió perdón a las víctimas de este
caso 55. En el acto también tuvieron intervención cinco víctimas de este caso 56 y se
conmemoró a las víctimas con la proyección de un video con sus fotografías, y en la
tarima dispuesta para la celebración del acto se colocaron sillas con la foto de cada una
de las víctimas desaparecidas. Asimismo, contó con la presencia de “más de 600
personas”, entre quienes se encontraban múltiples víctimas del caso y sus
representantes, así como otras altas autoridades del Estado, tales como: el Presidente
de la Corte Suprema de Justicia, el Presidente del Consejo de Estado, Magistrados de las
Altas Cortes, el Fiscal General de la Nación y gran parte del gabinete ministerial 57.
26.
La Corte valora positivamente que la modalidad de cumplimiento y
particularidades del referido acto hayan sido acordadas por el Estado con las víctimas y
sus representantes. En particular, se destacan los esfuerzos para coordinar que su
realización haya sido posible en la fecha de conmemoración de los 30 años de los hechos
y en el lugar donde ocurrieron, así como que se haya procurado una amplia participación,
fundamentalmente, de víctimas, inclusive cubriendo los gastos de traslado de algunas
de ellas que se encontraban “en el exterior o fuera de Bogotá D.C” 58. Asimismo, este
Tribunal toma nota de lo informado por Colombia en cuanto a que este acto público de
reconocimiento de responsabilidad “fue transmitido en vivo y en directo por el Canal
Institucional- canal de televisión pública abierta con una cobertura nacional- y por la
página electrónica de la Presidencia de la República”, así como que “contó con
cob[ertura] de medios de comunicación nacional e internacional”.
E. Indemnizaciones por daños materiales e inmateriales
E.1. Medidas ordenadas por la Corte
27.
En el punto resolutivo vigésimo sexto de la Sentencia se dispuso que, en un plazo
de dos años contado a partir de la notificación de la presente Sentencia 59, el Estado debía
pagar:
Cfr. Fotografías del acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional en Caso Rodríguez
Vera y otros (Desaparecidos del Palacio de Justicia) Vs. Colombia (anexo al informe estatal de 15 de diciembre
de 2015).
55
Cfr. Intervención del Presidente Juan Manuel Santos, en el acto público de reconocimiento de
responsabilidad internacional del Estado de Colombia por los hechos del caso Rodríguez Vera y otros (anexo
al informe estatal de 15 de diciembre de 2015).
56
Intervinieron Héctor Beltrán, Francisco Lanao y Alejandra Rodríguez en representación de las víctimas
de desaparición forzada, Mairé Urán, en representación de la familia del Magistrado Carlos Horacio Urán y la
víctima Orlando Quijano, en representación de las víctimas de tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes
reconocidas en la Sentencia. Cfr. Fotografías del acto público de reconocimiento de responsabilidad
internacional, supra nota 60.
57
También estuvieron presentes “organizaciones de derechos humanos, Embajadores, representantes
de la Comisión lnteramericana de Derechos Humanos y de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas
para los Derechos Humanos”. Cfr. Informe estatal de 15 de diciembre de 2015.
58
El Estado indicó que “de conformidad con las solicitudes que se recibieron por conducto de los
representantes, se trasladaron 12 personas que se encontraban fuera del país y 17 que se encontraban en
diferentes ciudades del país, entre ellas, Yolanda Santodomingo y Eduardo Matson”. Cfr. Informe estatal de
15 de diciembre de 2015.
59
Es decir, a más tardar el 10 de diciembre de 2016.
54
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