-4necesidad de realizar una exhaustiva investigación sobre los datos recibidos, los
mismos que han sido omitidos por los peticionarios, con el fin de evitar que la
protección otorgada por la Comisión Interamericana se constituya en un
mecanismo para evadir la comparecencia de las personas mencionadas ante los
tribunales nacionales y responder por las denuncias planteadas.
Asimismo, el Estado adjuntó a dicha comunicación un plan de operaciones de
protección para los miembros de la comunidad de Sarayaku, pero el
mencionado informe no indicaba si las medidas de seguridad efectivamente
se implementaron;
m) el 16 de octubre de 2003, durante el 118º período ordinario de sesiones de la
Comisión, se celebró una audiencia para tratar cuestiones relativas a las
medidas cautelares. Durante la audiencia, los peticionarios alegaron que el
Estado se encontraba en un estado de incumplimiento total de las medidas
cautelares, porque lejos de adoptar medidas a favor del pueblo indígena
kichwa de Sarayaku, las acciones iniciadas perjudicaban al pueblo y en ningún
momento Ecuador se había puesto en contacto con los representantes de la
Comunidad para acordar la implementación de dichas medidas, conforme a lo
solicitado por la Comisión. En dicha audiencia, el Estado sostuvo que el
aumento de la presencia militar en la zona en cuestión tenía relación con la
situación en la frontera con Colombia y no con la situación del pueblo de
Sarayaku;
n) el 5 de diciembre de 2003 los peticionarios informaron a la Comisión que el 4
de diciembre de 2003 aproximadamente 120 personas del pueblo Sarayaku,
incluidas mujeres y niños, que se desplazaban sobre el río Bobonaza en
dirección a la ciudad de Puyo para participar en una marcha para denunciar la
política petrolera del Gobierno, fueron atacadas y agredidas por asalariados
de la compañía CGC. En dicha ocasión los indígenas fueron golpeados con
palos, piedras y machetes y sus pertenencias fueron destruidas a
machetazos. Como consecuencia de ello muchos habitantes de Sarayaku
sufrieron heridas de gravedad y cuatro personas, entre las que había un niño,
habrían sido retenidas por los agresores y liberadas al día siguiente;
ñ) el 17 de diciembre de 2003 la Comisión renovó por seis meses las medidas
cautelares. En esa oportunidad se otorgaron 15 días al Estado para que
informara a la Comisión sobre la adopción de las medidas cautelares. Ecuador
solicitó una prórroga, pero transcurrido el plazo no envió la información
solicitada;
o) el 8 de abril de 2004 los peticionarios proporcionaron información sobre la
falta de implementación de las medidas cautelares y solicitaron a la Comisión
que pidiera medidas provisionales a la Corte Interamericana. En su solicitud
los peticionarios informaron que el 31 de marzo de 2004 un comando militar
habría realizado una incursión sorpresiva en territorio de la Comunidad. Ese
día el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Estado, General
Octavio Romero, habría ingresado en un helicóptero del Ejército en el centro
poblado de Sarayaku, acompañado de dos policías militares y 10 oficiales del
Ejército, todos ellos fuertemente armados. El propósito de la visita del
General habría sido manifestar a las autoridades del pueblo de Sarayaku que
si se radicaliza la posición del pueblo y no se permite el ingreso de la
petrolera, “las decisiones se tomarán desde Quito y se militarizará el
territorio”;
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