-37transmitida por RCTV y en algunas declaraciones se hace referencia a la concesión para
operar los medios de comunicación y a la posibilidad de cancelarla (infra párrs. 330 a 339).
128. RCTV fue caracterizado en la demanda de la Comisión como “un canal privado de
televisión inscrito legalmente” y como “un medio de comunicación con una línea editorial
crítica al gobierno y uno de los cuatro canales privados de televisión de Venezuela señalados
como partícipes políticos activos en hechos de convulsión tales como el golpe de Estado de
abril de 2002 y el paro de diciembre del mismo año”. Asimismo, indicó la Comisión, “el
canal ha sido objeto de señalamientos a nivel interno […] respecto a la forma de transmitir
cierta información bajo los argumentos de que incita a la violencia, falta al respeto y la
honra del Presidente de la República y difunde información falsa y tendenciosa” 104. Esta
caracterización no fue controvertida por el Estado e incluso coincide con varios de sus
alegatos acerca del rol político que habría desempeñado ese medio en determinados
momentos (supra párr. 51, 52 y 61).
129. Del análisis de los hechos alegados (infra párrs. 150 a 265), la Corte observa que
fueron cometidos por particulares y la mayoría ocurrieron durante el ejercicio de labores
periodísticas de las presuntas víctimas, quienes relataron cómo habían sido afectadas en su
vida profesional y personal. En general, coincidieron en el temor que les provocaba realizar
sus labores periodísticas en las calles, en ciertas zonas y en la cobertura de determinados
eventos; se refirieron a medidas de seguridad que tuvieron que emplear en sus labores, a
las afectaciones a su salud y las consecuencias en sus vidas familiares y sociales; además
algunas de personas debieron mudarse a otro municipio o estado o se retiraron temporal o
definitivamente de sus labores (infra párr. 272 y 273).
130. Asimismo, otros actos fueron dirigidos contra RCTV. Por ejemplo, fue probado que el
3 de junio de 2004 la sede del canal RCTV fue atacada violentamente por particulares,
quienes obstaculizaron las labores del personal del canal, trataron de forzar las puertas de
seguridad que dan acceso al canal incendiando un camión de una empresa, dispararon en
contra del edificio y escribieron insultos en las paredes (infra párr. 264). También, fue
probado que el 14 de agosto de 2003 un numeroso grupo de particulares realizaron
manifestaciones en forma violenta afuera de las instalaciones del canal, durante las cuales
individuos no identificados hicieron pintas con diversas inscripciones (infra párr. 237). Por
último, en varios de los hechos se constató que vehículos y equipos de transmisión del
canal resultaron dañados por particulares no identificados (infra párrs. 200, 225, 237 y
264).
131. Es claro que en los períodos referidos las personas vinculadas laboralmente con
RCTV, o con su operación periodística, se vieron enfrentadas a situaciones amenazantes,
amedrentadoras y que pusieron en riesgo sus derechos. En efecto, desde enero de 2002 la
Comisión dictó medidas cautelares a favor de los trabajadores de RCTV 105 y desde
noviembre de 2002 este Tribunal ordenó a Venezuela que adoptara medidas provisionales
de protección a favor de personas vinculadas con RCTV (supra párrs. 20 a 29). Además,
según fue señalado, el Estado hizo mención de órdenes de protección dictadas por los
órganos internos venezolanos. La mayoría de los hechos analizados fueron denunciados
de
9
de
mayo
de
2004,
view/sharedfiles/Alo_Presidente_191.pdf, pág. 11.
disponible
en
http://www.gobiernoenlinea.ve/misc-
104
Al hacer esta referencia a RCTV, la Comisión citó lo siguiente: “Resumen y recomendaciones del Informe
de Human Rights Watch: Entre dos Fuegos: La Libertad de Expresión en Venezuela. En portal de internet:
http://www.hrw.org/spanish/informes/2003/venezuela_prensa.html”
105
Mediante la adopción de dichas medidas, la Comisión solicitó al Estado abstenerse de realizar toda acción
que pudiera tener un efecto intimidatorio sobre el ejercicio profesional de los periodistas y demás trabajadores que
laboraban en los medios de comunicación Globovisión y RCTV, así como la adopción de las medidas necesarias
para proteger la seguridad de todos los empleados y los bienes de los canales mencionados.