9 2. Continúa con el conocimiento del presente caso. por unanimidad, 3. Reserva el pronunciamiento sobre costas para decidirlo con la cuestión de fondo. El Juez Cançado Trindade hizo conocer de la Corte su voto individual concordante, el cual acompañará a esta sentencia. Redactada en castellano e inglés, haciendo fe el texto en castellano, en San José, Costa Rica, el día 4 de diciembre de 1991. Héctor Fix-Zamudio Presidente Thomas Buergenthal Rafael Nieto Navia Sonia Picado Sotela Julio A. Barberis Antônio A. Cançado Trindade Manuel E. Ventura Robles Secretario Leída en sesión pública en la sede de la Corte en San José, Costa Rica el día 6 de diciembre de 1991. Comuníquese y ejecútese, Héctor Fix-Zamudio Presidente Manuel E. Ventura Robles Secretario

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