64. La Comisión dispone que la Secretaría Ejecutiva de la CIDH notifique la presente resolución a la Estado de Argentina y a los solicitantes. 65. Aprobado el 27 de julio de 2017 por: Francisco José Eguiguren Praeli, Presidente; Margarette May Macaulay, Primera Vicepresidenta; Esmeralda Arosemena de Troitiño, Segunda Vicepresidenta; José de Jesús Orozco Henríquez; Paulo Vannuchi; James Cavallaro; y Luis Ernesto Vargas Silva, miembros de la Comisión. 66. Los Comisionados José de Jesús Orozco Henríquez y Luis Ernesto Vargas Silva, votaron en disidencia con lo resuelto por la mayoría en los párrs. 3 c), 59 y 61.c) de la presente resolución. El voto razonado parcialmente disidente del Comisionado Orozco, al cual manifestó su intención de adhesión el Comisionado Luis Ernesto Vargas Silva, será incorporado a la publicación de la presente resolución, una vez vencido el plazo al que se refiere el párrafo 62. Paulo Abrão Secretario Ejecutivo - 16 -

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