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I
PROCEDIMIENTO DE REPARACIONES ANTE LA CORTE
1.
El 6 de mayo de 2008 la Corte2 dictó Sentencia de excepción preliminar y fondo (en
adelante “la Sentencia” o “la Sentencia de fondo”), en la cual decidió:
Por unanimidad,
1.
Desestimar la excepción preliminar de falta [de] agotamiento de los recursos internos
interpuesta por el Estado, de conformidad con los párrafos 40 a 46 de la […] Sentencia.
Y DECLAR[Ó]:
Por seis votos contra dos, que:
2.
El Estado violó el derecho a la propiedad privada consagrado en el artículo 21.2 de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos en relación con los derechos a las garantías y
protección judiciales consagrados en los artículos 8.1 y 25.1 de la Convención Americana, todo ello en
relación con el artículo 1.1 de ese instrumento, en perjuicio de María Salvador Chiriboga, de
conformidad con los párrafos 48 a 118 de la […] Sentencia.
Parcialmente disienten la Jueza Medina Quiroga y el Juez ad hoc Rodríguez Pinzón, en lo que respecta a
la violación del artículo 25.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Por unanimidad, que:
3.
No se ha comprobado que el Estado violó los artículos 24 y 29 de la Convención Americana
sobre Derechos Humanos, ni que el Estado incumplió con el artículo 2 de dicha Convención, en perjuicio
de María Salvador Chiriboga, en los términos de los párrafos 123, 124, 129, 132 y 133 de la […]
Sentencia.
Y DECID[IÓ]:
Por unanimidad, que:
4.
La determinación del monto y el pago de la indemnización justa por la expropiación de los
bienes, así como cualquier otra medida tendiente a reparar las violaciones declaradas en la presente
Sentencia, se hagan de común acuerdo entre el Estado y los representantes, dentro de un plazo de seis
meses contado a partir de la notificación de la […] Sentencia, de conformidad con el párrafo 134 del […]
fallo.
Por unanimidad, que:
5.
Se reserva la facultad de verificar si dicho acuerdo es conforme con la Convención Americana
sobre Derechos Humanos y disponer lo conducente. En caso de no llegar al acuerdo, la Corte
determinará las reparaciones correspondientes y gastos y costas, para lo cual continuará con el
procedimiento respectivo, de conformidad con el párrafo 134 de la […] Sentencia.
La Jueza Medina Quiroga hizo conocer a la Corte su Voto Parcialmente Disidente, el Juez Ventura Robles
hizo conocer a la Corte su Voto Concurrente y el Juez ad hoc Rodríguez Pinzón hizo conocer a la Corte
su Voto Parcialmente Disidente, los cuales acompañan [la] Sentencia.
2.
Los días 13 y 18 de junio, 19 de agosto y 2 de septiembre de 2008 la República del
Ecuador (en adelante “el Estado” o “el Ecuador”)3, y los días 6 y 13 de junio, 5 y 25 de
noviembre y 2 de diciembre de 2008 los representantes,4 informaron a la Corte sobre las
2
La Corte en esa ocasión estaba integrada por los Jueces: Cecilia Medina Quiroga, Presidenta; Diego GarcíaSayán, Vicepresidente; Sergio García Ramírez, Juez; Manuel E. Ventura Robles, Juez; Leonardo A. Franco, Juez;
Margarette May Macaulay, Jueza; Rhadys Abreu Blondet, Jueza, y Diego Rodríguez-Pinzón, Juez ad hoc.
3
El Estado designó a Erick Roberts Garcés, Director Nacional de Derechos Humanos de la Procuraduría General
del Estado, como Agente Principal y Rodrigo Durango Cordero como Agente Alterno.
4
Los representantes de la víctima son Alejandro Ponce Martínez y Alejandro Ponce Villacís.