2 en cuenta la jurisprudencia del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, como una manera de prevenir que sucedan nuevamente hechos como los de este caso, en los términos de los párrafos 106 y 116 de la […] Sentencia[;] 12 […] adoptar las medidas indispensables para facilitar la salida de Venezuela de la menor Aleoscar Russeth Blanco Iriarte, en los términos de los párrafos 107 y 116 de la […] Sentencia[;] 13. […] pagar a los familiares de los señores Oscar José Blanco Romero, Roberto Javier Hernández Paz y José Francisco Rivas Fernández, en el plazo de un año, por concepto de la indemnización por daño material, las cantidades fijadas en los párrafos 80 y 82 de la […] Sentencia, en los términos de los párrafos 72, 80, 82, 116 y 119 a 123 de la misma[;] 14. […] pagar a los familiares de los señores Oscar José Blanco Romero, Roberto Javier Hernández Paz y José Francisco Rivas Fernández, en el plazo de un año, por concepto de la indemnización por daño inmaterial, las cantidades fijadas en los párrafos 88 y 89 de la […] Sentencia, en los términos de los párrafos 72, 88, 89, 116 y 117 a 123 de la misma[, y] 15. […] pagar, en el plazo de un año, por concepto de las costas y gastos generados en el ámbito interno y en el proceso internacional ante el sistema interamericano de protección de los derechos humanos, la cantidad fijada en el párrafo 115 de la […] Sentencia, la cual deberá ser entregada a las señoras Alejandra Josefina Iriarte de Blanco, Teodora Paz de Hernández y Nélida Josefina Fernández Pelicie, en los términos de los párrafos 115, 116 y 118 a 123 de la misma. […] 2. Las comunicaciones de 26 de julio de 2006; 3 de enero, 7 de marzo y 5 de junio de 2007, y de 30 de junio de 2008, mediante las cuales el Estado se refirió al cumplimiento de la Sentencia (infra Considerando 8). 3. Los escritos de 15 de septiembre y 18 de octubre de 2006; 4 de abril y 5 de julio de 2007, y 30 de julio de 2008, mediante los cuales los representantes de las víctimas presentaron sus observaciones en relación con el estado de cumplimiento de la Sentencia (infra Considerando 9). 4. Las comunicaciones de 27 de abril y 18 de julio de 2007, y de 29 de septiembre de 2008, mediante las cuales la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión” o “la Comisión Interamericana”) presentó sus observaciones en relación con el estado de cumplimiento de la Sentencia (infra Considerando 10). 5. Las comunicaciones de 5 de febrero y 17 de diciembre de 2008, mediante las cuales los representantes de las víctimas solicitaron a la Corte Interamericana “la realización de una audiencia pública en relación con el cumplimiento de la presente [S]entencia en la que se convoque a las partes para determinar el alcance del [c]umplimiento por parte del Estado[,] cuando ha existido una conducta de reconocimiento de hechos y de responsabilidad internacional ante el Tribunal”. La misma solicitud fue formulada como parte de las observaciones de los representantes de fechas 4 de abril y 5 de julio de 2007 y 30 de julio de 2008. 6. La audiencia privada celebrada por la Corte en su sede en San José de Costa Rica el 4 de julio de 20091. En el curso de dicha audiencia privada el Estado, la Comisión y los representantes se refirieron a los puntos pendientes de cumplimiento en el presente caso. 1 A esta audiencia comparecieron, por la Comisión Interamericana, el señor Juan Pablo Albán; por los representantes, el señor José Gregorio Guarenas, de la Vicaría de Derechos Humanos de Caracas, la señora Liliana Ortega y el señor Carlos Ayala Corao, del Comité de Familiares de Víctimas de los Sucesos de Febrero-Marzo de 1989 (COFAVIC), y la señora Ariela Peralta, del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), y por el Estado, el señor Germán Saltrón Negretti, Agente.

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