Art. 14. Los agentes tienen derecho a la justificación con goce de haberes de las inasistencias
en que incurran por las siguientes causas, y con las limitaciones que en cada caso se
establecen:
c) Razones especiales. Inasistencias motivadas por fenómenos meteorológicos y casos de
fuerza mayor, debidamente comprobados67.
50.
En las demandas se indicó que dicha disposición justificaba el pago de haberes cuando las
inasistencias de los agentes de la Dirección General Impositiva estuvieran motivadas por fenómenos
meteorológicos y en casos de fuerza mayor debidamente comprobados68. Señalaron que la existencia,
vigencia y aplicación de la Circular No. 5/77 citada por las autoridades administrativas para rechazar su
reclamo, no obstaba el reconocimiento demandado, debido a que dicha circular señala que no corresponde el
pago de salarios dejados de percibir por inasistencia, salvo la existencia de una norma que exprese lo
contrario69. Indicaron que precisamente el artículo 14.c del Régimen de Licencias, Justificaciones y
Franquicias de la Administración Pública Nacional permite dicha excepción bajo la figura de fuerza mayor70.
51.
En consecuencia, la demanda de la señora Perrone tuvo como objeto reclamar el pago de los
haberes no percibidos entre el 6 de julio de 1976 y el 19 de octubre de 1982, de las licencias que se generaron
y no fueron ni gozadas ni abonadas, así como el reconocimiento de la ubicación escalafonaria a los fines
previsionales y no previsionales71. Por su parte, la demanda del señor Preckel tuvo como objeto reclamar el
cobro de los haberes no percibidos entre el 6 de julio de 1976 y el 4 de febrero de 1985, la participación en el
Fondo de Estímulo, las licencias que no fueron gozadas y el reconocimiento de la antigüedad a los fines
previsionales y no previsionales72.
52.
El 6 y 12 de febrero de 1992 el Juez Federal denegó las reclamaciones de la señora Perrone y
el señor Preckel, respectivamente73. El Juez consideró lo siguiente:
En verdad debe admitirse que no fue la D.G.I. la que dispuso el arresto, luego considerado
injustificado, y que fue el mismo P.E.N. a través del Ministerio del Interior, el que realizó y
provocó el estado de cosas que perjudicó a la actora. (…)
La circular 5/77 y el Reglamento de Investigaciones Administrativas (art. 39a) establecieron
que, a la no prestación de trabajo le habrá de corresponder el no abono de los mismos. (…)
Es doctrina de la Corte Suprema que, salvo disposición expresa y específica para el caso, no
procede el pago de sueldos por funciones no desempeñadas. (…)
(…) es evidente que el sumario llevado a cabo en sede administrativa en nada influyó para
que se concretara el perjuicio del demandante y es también claro que las normas de la
circular 5/77 y el art. 39 inc. A de la Reglamentación ya referida, impedían la recuperación o
67
Decreto 3413 de 1979.
Anexo 4. Demanda ante juez federal, 24 de junio de 1988. Antecedentes judiciales. Anexo a la petición inicial sobre Elba
Clotilde Perrone. Demanda ante juez federal, 24 de junio de 1988. Antecedentes judiciales. Anexo a la petición inicial sobre Juan Preckel.
68
69 Anexo 4. Demanda ante juez federal, 24 de junio de 1988. Antecedentes judiciales. Anexo a la petición inicial sobre Elba
Clotilde Perrone. Demanda ante juez federal, 24 de junio de 1988. Antecedentes judiciales. Anexo a la petición inicial sobre Juan Preckel.
70 Anexo 4. Demanda ante juez federal, 24 de junio de 1988. Antecedentes judiciales. Anexo a la petición inicial sobre Elba
Clotilde Perrone. Demanda ante juez federal, 24 de junio de 1988. Antecedentes judiciales. Anexo a la petición inicial sobre Juan Preckel.
71 Anexo 4. Demanda ante juez federal, 24 de junio de 1988. Antecedentes judiciales. Anexo a la petición inicial sobre Elba
Clotilde Perrone.
72
Preckel.
Anexo 4. Demanda ante juez federal, 24 de junio de 1988. Antecedentes judiciales. Anexo a la petición inicial sobre Juan
73 Anexo 4. Resolución del Juez Federal, 12 de febrero de 1992. Antecedentes judiciales. Anexo a la petición inicial sobre Elba
Clotilde Perrone. Resolución del Juez Federal, 6 de febrero de 1992. Antecedentes judiciales. Anexo a la petición inicial sobre Juan
Preckel.
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