-11controlada de artefactos explosivos, a la incautación de material que no constaba con el “respectivo salvoconducto”, así como a la realización de registros en la vía “que conduce de San Pedro de Urabá, generando condiciones de seguridad para el eje vial de los dos municipios”55. Añadió que el Ejército Nacional ha implementado unidades militares fijas cerca de Pueblo Bello, ubicadas sobre las veredas Alto Mulatos y Cienaguita, ya que “en dichos lugares se encuentran ubicadas las bases militares Cerro Azul y R5 respectivamente, las cuales desarrollan operaciones de seguridad y defensa” 56. 23. Los representantes han indicado, en sus observaciones más recientes, su preocupación por la presencia de grupos paramilitares en la “zona del Urabá antioqueño”57, conformadas por “desmovilizados de las antiguas estructuras que integraban las Autodefensas Unidas de Colombia”, quienes han “enviado videos a medios de comunicación de paradas militares en la zona y permanentemente emiten amenazas contra líderes sociales, defensores de derechos humanos, reclamantes de tierras despojadas peticionarios de restitución de tierras” y “suponen una amenaza para los pobladores de la zona y no propician un ambiente seguro para que las víctimas del presente caso retornen al corregimiento y a sus zonas circundantes”58. Así, si bien reconocieron que “no se hayan reseñado ni presentado hechos de violencia que pongan en riesgo la vida e integridad de los habitantes del Corregimiento de Pueblo Bello”, es “preocupante que el contexto regional se denuncie el incremento de la violencia y de acciones de grupos paramilitares”59. Los representantes solicitaron que se “desmante[laran] tanto militar como financieramente los grupos paramilitares todavía presentes en la región”60 y destacaron la necesidad de que los familiares de las víctimas puedan involucrarse en la adaptación de medidas y se tengan en cuenta “sus preocupaciones respecto a la seguridad en el corregimiento” 61. 24. La Comisión Interamericana, por su parte, observó de manera general que, si bien el Estado ha venido adoptando algunas medidas para su cumplimiento, “todavía estarían pendientes de cumplimiento efectivo”62. 25. El Tribunal observa que, efectivamente, el Estado ha adoptado una serie de medidas encaminadas a dar cumplimiento con la reparación ordenada por la Corte, relativa a las garantías de seguridad para el retorno de los familiares y ex pobladores a Pueblo Bello. No obstante, de la documentación aportada por el Estado sobre el número y tipo de operaciones realizadas durante los recientes años, la Corte no cuenta con información que permita, de manera general, valorar los esfuerzos estatales específicos para neutralizar los grupos generadores de violencia en el corregimiento de Pueblo Bello, Cfr. Nota No. OFl19-79487 del 4 de septiembre del 2019 proveniente del Ministerio de Defensa Nacional, Anexo al Informe del Estado de 28 de octubre de 2019. 56 Cfr. Nota No. OFl19-79487 del 4 de septiembre del 2019 proveniente del Ministerio de Defensa Nacional, Anexo al Informe del Estado de 28 de octubre de 2019. 57 Cfr. Observaciones de los representantes de 7 de julio de 2017, Observaciones de los representantes de 10 de abril de 2019, Observaciones de los representantes de 10 de septiembre de 2019, y Observaciones de los representantes de 13 de enero de 2020. 58 Cfr. Observaciones de los representantes de 7 de julio de 2017. Ver también, Observaciones de los representantes de 10 de septiembre de 2019. 59 Cfr. Observaciones de los representantes de 7 de julio de 2017 y Observaciones de los representantes de 10 de abril de 2019. 60 Cfr. Observaciones de los representantes de 7 de julio de 2017. 61 Cfr. Observaciones de los representantes de 10 de septiembre de 2019; y Observaciones de los representantes de 13 de enero de 2020. 62 Cfr. Observaciones de la Comisión de 24 de diciembre de 2017. 55

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