RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS* DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2007 CASO GARRIDO Y BAIGORRIA vs. ARGENTINA SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTOS: 1. La Sentencia de fondo dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) el 2 de febrero de 1996, mediante la cual, inter alia, 1. Tom[ó] nota del reconocimiento efectuado por la Argentina acerca de los hechos articulados en la demanda. 2. Tom[ó] nota igualmente de su reconocimiento de responsabilidad internacional por dichos hechos. 3. Conced[ió] a las partes un plazo de seis meses a partir de la fecha de la […] sentencia para llegar a un acuerdo sobre reparaciones e indemnizaciones. […] 2. La Sentencia de reparaciones emitida por la Corte el 27 de agosto de 1998, mediante la cual resolvió: 1. Fijar en 111.000 dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional, el monto que el Estado de la Argentina deb[ía] pagar en carácter de reparación a los familiares del señor Adolfo Garrido y en 64.000 dólares de los Estados Unidos de América, o su equivalente en moneda nacional, el monto a pagar por el mismo concepto a los familiares del señor Raúl Baigorria. Estos pagos deb[ían] ser hechos por el Estado de la Argentina en la proporción y condiciones expresadas en la parte motiva de [la] sentencia. 2. Fijar en 45.500 dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional, la suma que deb[ía] pagar el Estado a los familiares de las víctimas en concepto de reintegro de costas efectuadas con motivo de este proceso, de los cuales 20.000 dólares de los * El Juez Leonardo A. Franco se excusó de conocer el presente caso, razón por la cual no participó en la deliberación y firma de la presente Resolución.

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