5 13. Por ende, esta Presidencia admite las declaraciones de las dos familiares de Pedro Castillo Mendoza y la declaración testimonial del señor Bocanegra Conde, según el objeto definido y modalidad de presentación de las declaraciones en la parte resolutiva de la presente resolución (infra punto resolutivo 1). B.2) Admisibilidad de los dictámenes periciales ofrecidos por las representantes 14. Las representantes ofrecieron además como prueba los dictámenes periciales de: i) Luis Arroyo Zapatero7; ii) Enrique Oscar Stola8, y iii) Alejandro Rodríguez Barillas9. 15. El Estado presentó varias observaciones a los dictámenes periciales propuestos por las defensoras. En primer lugar, en cuanto al peritaje del señor Luis Arroyo Zapatero, señaló que a pesar de contar con una vasta trayectoria como profesional del derecho, solo recientemente “se entroniza en el campo de la pena de muerte”, y que, por lo demás no está familiarizado con el contexto y características del sistema penal guatemalteco. En segundo lugar, en cuanto al dictamen del señor Enrique Oscar Stola, manifestó que su experticia es en psicología clínica, más no en lo que respecta específicamente a la pena de muerte. Finalmente, en cuanto al dictamen pericial del señor Alejandro Rodríguez Barillas, anotó la existencia de una sola publicación relativa a la pena de muerte de autoría del perito propuesto, aunque estaría El dictamen pericial del señor Luis Arroyo Zapatero, versará sobre los siguientes temas: “a) La pena de muerte como trato cruel, inhumano y degradante, b) Tendencias sobre la abolición universal de la pena de muerte, con especial atención a la situación actual en la República de Guatemala, en relación a la existente en la década de los 90, c) estándar de la violación al derecho a la vida por privación arbitraria de la misma, en relación a la imposición obligatoria de la pena de muerte. Análisis de la privación arbitraria del derecho a la vida en la configuración de la sanción de pena de muerte en el tipo penal de violación calificada, conforme al artículo 175 del Código Penal Guatemalteco, por el cual fueron condenados los señores Roberto Girón y Pedro Castillo Mendoza”. 7 El dictamen pericial del señor Enrique Oscar Stola, versará sobre los siguientes temas: “a) Los efectos psicológicos, e incluso psiquiátricos, que puede producir en las personas que son sometidas por tipos penales que conllevan como sanción la pena de muerte, previo y durante el conocimiento del proceso penal en su contra; b) Los efectos psicológicos, e incluso psiquiátricos, que puede producir en las personas que son condenadas a la pena de muerte, mientras esperan su ejecución, sin obviar las secuelas emocionales que puede producir cuando dicha decisión es suspendida en varias ocasiones; c) Los efectos psicológicos que produce a los familiares de las personas que son condenadas a pena de muerte, tanto durante el conocimiento del proceso, la condena y posterior ejecución; d) Los efectos psicológicos que produce en los condenados a pena de muerte, e incluso a sus familiares, de conocer que la ejecución de dicha pena se produciría de manera pública; e) En el caso concreto de los señores Roberto Girón y Pedro Castillo Mendoza, que efectos psicológicos o psiquiátricos pudieron haber padecido los mismos por la condena de pena de muerte que les fue ejecutada, así como en sus familiares. Tomando también en consideración la publicidad dada al caso en los medios de comunicación de Guatemala”. 8 9 El dictamen pericial del señor Alejandro Rodríguez Barillas, versará sobre los siguientes temas: “a) Si se ha desempeñado como parte integrante en organismos de Derechos Humanos en el Estado de Guatemala, y en su caso, si ha llevado a cabo la defensa de personas condenadas a pena de muerte a los fines de evitar su ejecución. b) Si tuvo alguna participación en la defensa de los Sres. Roberto Girón y Pedro Castillo Mendoza a los fines de solicitar a la Comisión IDH la suspensión de la ejecución de la pena de muerte por irregularidades en el proceso judicial seguido en su contra. c) Cuáles fueron los métodos de pena de muerte utilizados por el Estado de Guatemala. d) Cuáles son los tipos penales que establecían pena de muerte, y cuales han sido reformados posteriormente. Y cuales siguen vigente a la fecha con pena de muerte. e) Si existió en la sentencia condenatoria a Roberto Girón y Pedro Castillo Mendoza la imputación personal clara, que determinara cual fue el hecho cometido por cada uno de los condenados. f) Análisis cumplimiento o no garantías del debido proceso en el Código Procesal Penal derogado (Decreto 52-73) en relación con el Nuevo Código Procesal Penal (Decreto 51-92) g) Cual fue la situación jurídica de las personas condenadas a pena de muerte luego de las Sentencias de la CIDH en 2005 de Fermín Ramírez y Raxcacó Reyes. h) Si existen personas en el corredor de la muerte actualmente en el Estado de Guatemala, y en caso de no existir motivos por el cual no hay personas condenadas a muertes. i) Si conoce las Sentencias de la Corte Constitucional en relación a la pena de muerte, como se interpretan las mismas, y que efectos jurídicos han tenido en el Estado de Guatemala j) Si existen proyectos de leyes de abolición de la pena de muerte o bien su restablecimiento y en su caso, que tratamiento tienen. k) Si han existido manifestación de Poder Políticos o de la ciudadanía con relación a la aplicación de la pena de muerte”.

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