7 trascendencia para la vida de los familiares frente a sus procesos de elaboración del duelo”27. 12. La Corte valora positivamente que el Estado haya adoptado todas las medidas necesarias para la realización de los distintos componentes de la reparación (supra Considerando 5); no obstante, también observa que, para lograr dicho cumplimiento, transcurrieron más de ocho años desde el vencimiento del plazo dispuesto en la Sentencia para su cumplimiento. 13. Por todo lo anterior, el Tribunal considera que el Estado ha dado cumplimiento total a la medida ordenada en el punto resolutivo séptimo y en el párrafo 273 de la Sentencia, relativa a erigir un monumento en memoria de las víctimas y, mediante una ceremonia pública y en presencia de los familiares de las víctimas, colocar una placa con los nombres de las víctimas y una mención expresa a la Sentencia. POR TANTO: LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, En el ejercicio de sus atribuciones de supervisión del cumplimiento de sus decisiones, de conformidad con los artículos 33, 62.1, 62.3, 65, 67 y 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 24, 25 y 30 del Estatuto y 31.2 y 69 de su Reglamento, RESUELVE: 1. Declarar, de conformidad con lo señalado en los Considerandos 7 a 13 de la presente Resolución, que el Estado ha dado cumplimiento total a la reparación relativa a erigir un monumento en memoria de las víctimas y, mediante una ceremonia pública y en presencia de los familiares de las víctimas, poner una placa con los nombres de los 19 comerciantes, dispuesta en el punto dispositivo séptimo de la Sentencia. 2. Mantener abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento respecto de las demás medidas de reparación pendientes de cumplimiento ordenadas en la Sentencia. 3. Requerir a la Secretaría de la Corte que notifique la presente Resolución al Estado, a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso 19 Comerciantes Vs. Colombia. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. 27 Al respecto, señalaron que uno de los familiares de las víctimas se refirió a la ceremonia indicando que “[e]ste acto es como una misa para mi hermano, como si lo estuviéramos enterrando”. Observaciones de los representantes de las víctimas de 12 de mayo de 2014. Asimismo, durante la ceremonia pública, una familiar de las víctimas expresó que el “monumento no lo vemos como una escultura de nostalgia ni de dolor, sino como un compromiso hacia un futuro mejor y una sociedad justa, respetuosa de la existencia humana”. Escrito del Estado de 10 de diciembre de 2013 y video del acto público remitido como anexo al referido escrito.

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