RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DE 19 DE JUNIO DE 1998
MEDIDAS PROVISIONALES ADOPTADAS POR LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
RESPECTO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
CASO GIRALDO CARDONA
VISTOS:
1.
La resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos (en adelante “el Presidente”) de 28 de octubre de 1996, mediante la cual
decidió:
1.
Requerir al Gobierno de Colombia que adopte, sin dilación, cuantas
medidas sean necesarias para proteger la vida e integridad física de la
Hermana Noemy Palencia, Islena Rey Rodríguez, Gonzalo Zárate, Mariela de
Giraldo y sus dos menores hijas Sara y Natalia Giraldo y evitarles daños
irreparables, en estricto cumplimiento de la obligación de respeto y garantía de
los derechos humanos que tiene contraída de acuerdo con el artículo 1.1 de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos.
2.
Requerir al Gobierno de Colombia que adopte, sin dilación, cuantas
medidas sean necesarias para asegurar que las indicadas personas, puedan
continuar viviendo en su residencia habitual y retornar a sus hogares,
brindándoles la seguridad de que no serán perseguidas o amenazadas por
agentes del Gobierno o por particulares.
3.
Requerir al Gobierno de Colombia que investigue los hechos
denunciados contra los miembros del Comité Cívico por los Derechos Humanos
del Meta, a fin de sancionar a los responsables de estos actos y en particular
del asesinato de Josué Giraldo Cardona.
...
2.
La resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante
“la Corte” o “la Corte Interamericana”) de 5 de febrero de 1997 mediante la cual
decidió:
1.
Ratificar la Resolución del Presidente del 28 de octubre de 1996.
2.
Requerir al Gobierno de la República de Colombia:
a.
Que mantenga las medidas provisionales en favor de la
Hermana Noemy Palencia, Islena Rey Rodríguez, Gonzalo Zárate,
Mariela de Giraldo y sus dos hijas menores Sara y Natalia Giraldo.
b.
Que, como elemento esencial del deber de protección, tome
medidas eficaces para investigar y, en su caso, sancionar a los
responsables de los hechos.
3.
Requerir al Gobierno de la República de Colombia que informe cada
dos meses sobre las medidas provisionales tomadas.