64 con la señora Timotea Hernández y Hernández, su primera conviviente; sus hijos Stiven Alexander Ramírez Sis, Fernando Ramírez Sis, Marvin Geovany Ramírez Sis, Eliseo Ramírez Sis y Ricardo Fermín Ramírez Sis (fallecido), procreados con la señora Ana Lucrecia Sis, su segunda conviviente; y la señora Irma Azucena España, su actual conviviente, así como el hijo de ella, Stiven Josué Azucena España, quien no está reconocido por el señor Fermín Ramírez, porque aún no había nacido cuando se acusó a su padre. Sin embargo, en sus alegatos finales, los representantes manifestaron que los beneficiarios son sólo Stiven Alexander Ramírez Sis, Fernando Ramírez Sis, Marvin Geovany Ramírez Sis, Eliseo Ramírez Sis y Ricardo Fermín Ramírez Sis; En relación con el daño material b) la señora Carmen Ramírez, tía del señor Fermín Ramírez, ha realizado gastos médicos y de subsistencia para él, por lo que el señor Fermín Ramírez debe recibir una indemnización de $5.000,00 (cinco mil dólares de los Estados Unidos de América) por los gastos médicos y los gastos de supervivencia en que ha incurrido durante los siete años que ha permanecido en el corredor de la muerte; c) en cuanto al lucro cesante, se debe considerar el ingreso que la familia del señor Fermín Ramírez podría haber percibido si éste no hubiera sido privado de libertad. Se debe tomar en cuenta que el señor Fermín Ramírez era una persona dedicada a la pesca artesanal, actividad que le permitía proveer al sustento de la madre de su último hijo y de sus siete hijos restantes; d) desde el día en que el señor Fermín Ramírez fue condenado a la pena de muerte, su conviviente y sus hijos hicieron distintas gestiones ante instituciones gubernamentales. Con este motivo y como consecuencia de las visitas carcelarias, la conviviente ha dejado de realizar actividades económicas para brindar apoyo al señor Fermín Ramírez. Tal distracción produjo una merma en su ingreso, que debe ser compensado; y e) el régimen de máxima seguridad impuesto al señor Ramírez lo privó indebidamente del derecho al trabajo, por lo que debe recibir una indemnización por lucro cesante de $18.525,81 (dieciocho mil dólares quinientos veinticinco dólares con ochenta y un centavos de los Estados Unidos de América). En relación con el daño inmaterial f) tanto el señor Fermín Ramírez como sus familiares inmediatos experimentan sufrimientos morales que son consecuencia de la posibilidad de que en cualquier momento se fijen el día y la hora de la ejecución; g) es evidente el sufrimiento moral que la situación del presente caso ha causado a los hijos del señor Ramírez, Stivent Alexander Ramírez Sis, Fernando Antonio Ramírez Sis, Marvin Geovanni Ramírez Sis, Eliseo Adonias Ramírez Sis y Ricardo Fermín Ramírez Sis, y a la señora Ana Lucrecia Sis, madre de ellos;

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