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Alegatos del Estado
103.
Respecto del artículo 13 de la Convención, el Estado manifestó que:
a)
la sentencia condenatoria contra el señor Herrera Ulloa obedeció a la
demostración del querellante del dolo del querellado. Además, la sociedad
democrática se menoscaba tanto por no recibir información sobre el
comportamiento de sus funcionarios públicos, como si recibe información que
no es veraz;
b)
la reputación de los demás es considerada per se una de las pocas
limitaciones legítimas a la libertad de expresión y de pensamiento. La
sociedad democrática exige que el derecho a la libertad de expresión y
pensamiento y el derecho a la honra, sean protegidos paritariamente. La
búsqueda del equilibrio debe adoptar como marco de referencia todos los
derechos consagrados en la Convención. El derecho a la honra no es un
interés meramente individual;
c)
la penalización de las expresiones, palabras o hechos que afectan el
honor o la dignidad de una persona no vulnera per se la libertad de expresión.
Costa Rica no penaliza a una persona por el solo hecho de criticar a un
funcionario público. Se castiga a una persona cuando en un juicio, con todas
las garantías del debido proceso, se le comprueba que dañó dolosamente la
reputación de un funcionario;
d)
además, “aún en el eventual caso de la condena penal del
responsable, la reparación civil y el derecho de respuesta que pudiera ejercer
la víctima, es muy probable que la estela de duda sobre su buen nombre se
mantenga presente en las mentes de sus contemporáneos y de las futuras
generaciones”;
e)
si el Estado no establece mecanismos eficaces para proteger el honor
de los funcionarios se lesionaría el interés público, y difícilmente Costa Rica
podría reclutar a las mejores personas para que sean sus funcionarios;
f)
la legislación penal costarricense establece un justo equilibrio entre la
libertad de expresión y el derecho al honor y a la reputación, ya que solo
penaliza las conductas dolosas;
g)
está convencido de que ha tomado las seguridades necesarias para
garantizar los derechos fundamentales;
h)
no se debe llegar al “reduccionismo” de que el honor del servidor
público deba ser valorado y protegido de forma diversa a la del simple
particular. La distinción es un ataque al principio de igualdad;
i)
por razones de política criminal se ha pensado que la mejor forma de
amparar el honor contra las acciones que lo lesionen es a través de la sanción
penal. La Convención Americana, conforme a los principios de soberanía y
autodeterminación de los pueblos, no puede imponer determinada dirección
de los mecanismos represivos que forman parte del Sistema Interamericano;
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