3
cuales han buscado crear un clima hostil al ejercicio de la libertad de expresión de
los [mismos …] instigando con ello a los seguidores y partidarios del oficialismo a
agredir[los] físicamente […], a fin de amedrentarlos y lograr su censura”. Asimismo,
informaron que la periodista de Globovisión, Ana Karina Villalba, habría sido
amenazada de muerte vía telefónica;
b)
“el uso abusivo de los mensajes en cadena nacional de radio y televisión que
realiza el Presidente de la República”. Al respecto expresaron “que los medios de
comunicación radiales y audiovisuales, por regulaciones contenidas tanto en la Ley
Orgánica de Telecomunicaciones como en la Ley de Responsabilidad Social en Radio
y Televisión, están obligados a transmitir conjuntamente y sin limitaciones de tiempo
los mensajes o alocuciones oficiales que el Poder Ejecutivo Nacional (Presidente de la
República, Vice-Presidente y Ministros) considere oportuno dirigir a la colectividad.
[…] Esta constante interrupción por parte del Gobierno Nacional de la programación
habitual de los medios de comunicación audiovisuales se ha convertido, sin lugar a
dudas, en una amenaza a la libertad de expresión”;
c)
“la imposición de contenidos de propaganda de gobierno por parte del Estado
venezolano en violación del artículo 10 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio
y Televisión”. Manifestaron que este artículo establece que “no está permitida la
utilización de estos espacios para la difusión de publicidad o propaganda de los
órganos y entes del Estado”, a pesar de lo cual el Estado ha venido incumpliendo
dicha disposición al obligar a Globovisión a trasmitir mensajes que claramente
constituyen publicidad oficial;
d)
“la presión y censura indirecta del Estado venezolano al no contratar
publicidad oficial con Globovisión”. Manifestaron que situaciones como la planteada
han sido reconocidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en
adelante “la Comisión” o “la Comisión Interamericana”) como presiones indirectas al
ejercicio de la libertad de expresión, y
e)
“la presión indirecta del Estado al no otorgar las concesiones y permisos que
ha solicitado Globovisión para ampliar su cobertura”. En este sentido, informaron
que “sin justificación alguna, habiendo presentado Globovisi��n todos los recaudos
necesarios, CONATEL ha retrasado la emisión de cualquier pronunciamiento sobre
tales solicitudes”.
En este escrito las representantes solicitaron a la Corte, inter alia, que reitere al Estado las
medidas provisionales ratificadas y que ordene al Estado las siguientes medidas
provisionales:
[…] 9. Requerir al Estado que se abstenga de dirigir agresiones morales y otras expresiones
provocadoras a través de sus altos funcionarios contra los medios de comunicación, sus
periodistas, trabajadores y directivos, y en especial contra Globovisión, a los fines de evitar los
consecuentes actos intimidatorios y ataques físicos contra los peticionarios, producidos por tal
incitación.
10.
Requerir al Estado que evite el uso abusivo e innecesario del mecanismo de transmisión
de mensajes oficiales a través de transmisiones conjuntas de radio y televisión, a los fines de
evitar que tal mecanismo se constituya en una forma de censura a los medios de comunicación.
11.
Requerir al Estado venezolano que se abstenga de ejecutar prácticas discriminatorias
dirigidas a obstaculizar el acceso de los medios de comunicación privados, y en especial de
Globovisión, a la información noticiosa proveniente de fuente oficial.
Select target paragraph3
Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents