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POR TANTO:
LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
de conformidad con el artículo 63.2 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 25 del Reglamento,
RESUELVE:
1.
Ratificar la resolución de su Presidente de 10 de febrero de 1998.
2.
Requerir al Estado de Guatemala que mantenga las medidas adoptadas en
cumplimiento de lo ordenado por el Presidente de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos, para asegurar eficazmente la integridad personal de los
miembros de la familia Vásquez, entre ellos, los señores Oscar Humberto Vásquez,
Raquel de Jesús Solórzano, Thelma Judith de Vásquez, Marvin Vásquez y Lydia de
Vásquez y que informe al Tribunal sobre las medidas que ha tomado para investigar
el ataque y las amenazas que sufrió el primero de ellos.
3.
Requerir al Estado de Guatemala que continúe presentando cada dos meses
sus informes sobre las medidas adoptadas.
4.
Requerir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que presente,
sin dilación, sus observaciones a los informes periódicos del Estado dentro de un
plazo de seis semanas a partir de que éstos le sean transmitidos.
Hernán Salgado Pesantes
Presidente
Antônio A. Cançado Trindade
Máximo Pacheco Gómez
Oliver Jackman
Sergio García Ramírez
Alirio Abreu Burelli
Carlos Vicente de Roux Rengifo
Manuel E. Ventura Robles
Secretario