12 47. El 13 de noviembre de 1997 la Corte recibió en audiencia pública las declaraciones del testigo Julio Aníbal Trejo Duque. Comparecieron ante la Corte: Por el Estado: Acisclo Valladares Molina, agente; Carlos Augusto Orozco Trejo, agente alterno; Guillermo A. Carranza Taracena, asistente; Acisclo Valladares Urruela, asistente; César Guillermo Castillo, asistente; Rosa María Estrada Silva, asistente y José Miguel Valladares Urruela, asistente. Por la Comisión: Elizabeth Abi-Mershed, abogada; Marcela Matamoros, asistente y Mark Martel, asistente. 48. El 13 de noviembre de 1997 el Estado presentó dos escritos mediante los cuales ofreció como prueba estudios socioeconómicos de las víctimas y sus familias y solicitó que fueran admitidos como prueba. El día siguiente la Corte resolvió “[r]echazar, por improcedente, la inclusión como prueba en el fondo del presente caso de [dichos] estudios”. 49. En la misma fecha el Estado presentó a la Corte sus observaciones respecto del testimonio rendido por el señor Julio Aníbal Trejo Duque. Guatemala expresó que [l]a declaración del Juez JULIO ANÍBAL TREJO DUQUE, permite -una vez másseñalar que existen dos grupos claramente diferenciados entre las personas a las cuales se refiere este caso: El Grupo I, integrado por AUGUSTO ANGÁRITA RAMÍREZ, DORIS TORRES GIL, JOSÉ ANTONIO MONTENEGRO, OSCAR VÁSQUEZ Y MARCO ANTONIO MONTES LETONA, consignadas a los tribunales de justicia y sometidas a procedimientos judiciales, lo que se desprende de cuanto existe en autos y que ha ilustrado en su testimonio el Juez Trejo Duque. Existe, por otra parte, un segundo grupo totalmente distinto al anterior, integrado por JULIÁN SALOMÓN GÓMEZ AYALA, ANA ELIZABETH PANIAGUA MORALES, PABLO CORADO BARRIENTOS, ERIK LEONARDO CHINCHILLA, MANUEL DE JESÚS GONZÁLEZ LÓPEZ y WILLIAM OTILIO GONZÁLEZ RIVERA, personas secuestradas por personas desconocidas y que fueran asesinadas. 50. El 26 de noviembre de ese año la Comisión informó que en caso de que la Corte aceptara el escrito de observaciones del Estado respecto del testimonio del señor Trejo Duque, solicitaría la oportunidad procesal de presentar también sus observaciones sobre el mismo. El Presidente otorgó plazo para presentar dichas observaciones hasta el 19 de diciembre de 1997, fecha en la cual la Comisión presentó a la Corte el escrito referido en idioma inglés. El 9 de enero de 1998 presentó la respectiva traducción al español. 51. El 10 de diciembre de 1997 y el 4 de febrero de 1998 el Estado solicitó a la Corte que admitiera, de oficio, los documentos rechazados por el Presidente el 6 de

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