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acceso al puente debía ser consensuada con las comunidades indígenas afectadas . Entre los años de
1996 y 1998 las comunidades indígenas de los lotes 55 y 14, a través de la Asociación Lhaka Honhat,
remitieron una gran cantidad de comunicaciones, cartas y solicitudes a distintas autoridades del gobierno
provincial de Salta, buscando que se hicieran efectivas las promesas de formalizar la propiedad
comunitaria del territorio ancestral.
62.
Para la fecha de presentación de la petición a la CIDH en 1998, las promesas del
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Gobierno y los Decretos sobre titulación de las tierras ancestrales seguían sin cumplirse . Por ello, en la
petición inicial de 1998 ante la CIDH, los peticionarios afirmaron que “hace ya más de una década,
luchamos persistentemente para obtener el reconocimiento del título que nos erija como propietarios en
forma comunitaria, de los lotes fiscales 14 y 55. Este reclamo comunitario es justo y legítimo. En este
sentido, hemos efectuado innumerables gestiones desde que nuestro país retornó a la democracia en el
año 1983, obteniendo como respuesta promesas que hasta el día de hoy siguen siendo sólo eso:
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promesas” .
63.
El Defensor del Pueblo de la República Argentina envió a la CIDH, en enero de 2001,
copia de algunos expedientes administrativos correspondientes a actuaciones tramitadas por su
despacho, en los cuales se incluyen copias de dieciocho (18) comunicaciones dirigidas entre 1996 y
1998 al Gobernador de la Provincia de Salta, al Director del INAI, al Ministro de Gobierno o al Presidente
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de la República, entre otros altos funcionarios .
Segunda fase de las reclamaciones territoriales indígenas: la voluntad de parcelación de
los Lotes Fiscales 55 y 14 por el Gobierno Provincial, y la oposición indígena (1999-2005);
simultaneidad con las negociaciones ante la CIDH.
64.
En agosto de 1998 se presentó la petición ante la CIDH. Entre 1999 y 2005, se
desarrolló una fase de solución amistosa del caso ante la CIDH, en la cual participaron activamente los
representantes de los peticionarios, del Gobierno Nacional, y del Gobierno Provincial. Al mismo tiempo
que se desarrollaba este proceso, las autoridades del Gobierno Nacional y Provincial adoptaron una
serie de decisiones paralelas que afectaron los derechos territoriales de las comunidades indígenas
ocupantes de los Lotes Fiscales.
65.
El 2 de noviembre de 1999, la Secretaría General de la Gobernación de Salta profirió la
Resolución No. 423/99, en la cual se ordenaba la publicación de edictos por 15 días en el Boletín Oficial
y el Diario El Tribuno, para emplazar a todos quienes se consideraran con derechos sobre algunos
terrenos del Lote Fiscal No. 55, puesto que se harían algunas adjudicaciones de dichos terrenos a sus
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habitantes relevados . El 8 de noviembre de 1999 el Gobierno de la Provincia de Salta publicó dicho
Edicto.
66.
Ante la publicación de este Edicto, el 24 de noviembre de 1999 los representantes de la
Asociación Lhaka Honhat dirigieron una comunicación al Gobierno de la Provincia de Salta – Secretaría
General de la Gobernación sobre la tramitación del caso ante la CIDH, y notando que el edicto podría
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Declaración de líderes indígenas con motivo de la protesta en el puente internacional. Citada en: CARRASCO, Morita y
BRIONES, Claudia: “La Tierra que nos quitaron”. Documento IWGIA No. 18, Buenos Aires, 1996, p. 195. Documento aportado
como anexo de las observaciones de fondo de los peticionarios, recibidas por la CIDH el 4 de enero de 2007, y transmitidas al
Estado mediante nota del 12 de enero de 2007.
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Petición inicial, recibida en la CIDH el 4 de agosto de 1998, y transmitida al Estado el 26 de enero de 1999.
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Petición inicial, recibida en la CIDH el 4 de agosto de 1998, y transmitida al Estado el 26 de enero de 1999.
68
Documentos remitidos a la CIDH por el Defensor del Pueblo, recibidos el 19 de enero de 2001, y transmitidos al Estado
por la CIDH mediante nota del 16 de febrero de 2001.
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Los peticionarios aportaron a la CIDH copia de esta Resolución mediante escrito recibido el 17 de julio de 2000,
transmitido al Estado el 2 de agosto de 2000.