8 POR TANTO: EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 63.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 25.2 del Estatuto de la Corte, y 4, 25 y 29.2 del Reglamento de la Corte, después de haber consultado a todos los Jueces de la Corte, RESUELVE: 1. Desestimar la solicitud de medidas representante del señor Gustavo Cesti Hurtado. provisionales interpuesta 2. Notificar la presente Resolución al Estado del Perú, a la Interamericana de Derechos Humanos y al representante de la víctima. por el Comisión Sergio García Ramírez Presidente Pablo Saavedra Alessandri Secretario

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