41. El 7 de septiembre de 1998 el doctor J.A.R presentó declaración testimonial en la que sostuvo que “lleg[ó] a la oficina un informe firmado por 21 médicos forenses m[á]s o menos, y que era el cuestionario respondido […]. Ese fu[e] nuestro primer contacto con esta causa”. Indicó también que “[e]n este informe se contestaban preguntas y nada más, sin consideraciones”32. Refirió que solicitaron el expediente y manifestaron no poder pronunciarse sobre aspectos de obstetricia. Al ser informados de que no podían excusarse, decidieron preparar un informe separado. Indicó que para la realización del plenario no hubo reunión de los forenses ni discusión. Agregó que hubo un tercer informe, firmado por separado por cuatro médicos generales: P.P, R.G, A.L y J.V. La parte querellante afirmó que el mismo Decano del Cuerpo Médico Forense admitió haber pedido a tres médicos que confeccionaran las respuestas para circularlas entre todos los médicos forenses y que firmaran el dictamen preelaborado. La Fiscal pidió requerimiento de instrucción y que se investigara por qué habiendo 87 médicos en el Cuerpo Médico Forense, solo firmaron el plenario 40 médicos en 3 informes diferentes. 42. El 12 de abril de 1999 el juez de la causa resolvió sobreseer a los médicos imputados. El 16 de abril de 1999 el representante de las víctimas interpuso recurso de apelación y nulidad por falta de motivación contra la resolución de sobreseimiento a los 31 médicos. En su escrito afirmó que la resolución no atendió múltiples probanzas expuestas por la parte querellante. 43. El 6 de agosto de 1999 se confirmó la decisión de sobreseimiento de los acusados. En cuanto al fondo, el tribunal hizo un recuento de los peritajes realizados tanto en la causa 2.391 como en la 21.375 en el que se indica que los tres dictámenes de los médicos forenses, “difieren en las consideraciones de carácter técnico, pero que, en lo sustancial, eran idénticos en cuanto a sus conclusiones”33. En cuanto a la pericia de la Universidad Católica de Córdoba concluyó que “la falsedad consiste en que se diga algo contrario al saber específico de quien declara. […] De este modo, la mera discrepancia con otros peritos sobre las conclusiones a que se llega no alcanz[a] a tipificar el delito que ahora se imputa”34. 44. La parte querellante interpuso recurso de casación, que fue rechazado el 20 de octubre de 1999 por la Cámara Nacional de Casación Penal. El 2 de noviembre de 1999 la parte querellante interpuso recurso de queja por la casación denegada, el cual fue desestimado el 30 de marzo de 2000. 45. La parte querellante interpuso el 8 de mayo de 2000 un recurso extraordinario federal en contra de la resolución y presentó recusación “contra los integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación […] a efectos de la conformación del alto tribunal con miembros que no tengan relación jerárquica sobre el CUERPO MÉDICO FORENSE”35. Este recurso fue declarado inadmisible por la Cámara Nacional de Casación Penal el 17 de octubre de 2000, por considerar que se cuestionaban valoraciones de prueba y por no advertirse causales de arbitrariedad. B.4 Proceso civil por daños y perjuicios. Expediente 42.229/94 32 236). Declaración testimonial del doctor J.A.R de 7 de septiembre de 1998 (expediente de prueba, folios 233 – 33 Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional. Sentencia de apelación de 6 de agosto de 1999 (expediente de prueba, folio 22). 34 Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional. Sentencia de apelación de 6 de agosto de 1999 (expediente de prueba, folio 32). 35 Recurso extraordinario federal de 8 de mayo de 2000, presentado por René Federico Garrís (expediente de prueba, folio 353). 12

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