63 mismas, se encuentran bajo el ámbito de aplicación de las cláusulas que contienen la prohibición de la tortura y los tratos crueles, inhumanos y degradantes241. Al respecto, la Corte observa que, en la sentencia de los casos Harkins y Edwards Vs. Reino Unido, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (en adelante, “el Tribunal Europeo”) estableció que la imposición de una pena que adolece de grave desproporcionalidad puede constituir un trato cruel y, por lo tanto, puede vulnerar el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que corresponde al artículo 5 de la Convención Americana 242. 175. Anteriormente, en la presente Sentencia ya se indicó que el artículo 13 del Código Penal de la Nación aplicable al presente caso señala que las personas condenadas a prisión y reclusión perpetuas pueden obtener la libertad una vez que hubieren cumplido veinte años de condena, “por resolución judicial previo informe de la dirección del establecimiento bajo las siguientes condiciones […]” (supra párr. 154). La Corte ya determinó que este plazo fijo impide el análisis de las circunstancias particulares de cada niño y su progreso que, eventualmente, le permita obtener la libertad anticipada en cualquier momento (supra párr. 163). En concreto, no permite una revisión periódica constante de la necesidad de mantener a la persona privada de la libertad. Además, en esta Sentencia también ya se estableció que la imposición de las penas de prisión y reclusión perpetuas por delitos cometidos siendo menores de 18 años no consideró los principios especiales aplicables tratándose de los derechos de los niños, entre ellos, los de la privación de la libertad como medida de último recurso y durante el período más breve que proceda. La Corte estableció, además, que la prisión perpetua a menores no cumple con el fin de la reintegración social previsto por el artículo 5.6 de la Convención (supra párrs. 165 a 167). En suma, este Tribunal estimó que la prisión y reclusión perpetuas no son proporcionales con la finalidad de la sanción penal a menores. 176. Además, en este caso hay que tomar en cuenta que las revisiones de las condenas de César Alberto Mendoza, Claudio David Núñez, Lucas Matías Mendoza y Saúl Cristian Roldán Cajal tuvieron lugar luego de aproximadamente de 12 años (supra párrs. 92 y 94). Por otro lado, del expediente ante este Tribunal se desprende que, luego de que fue condenado, Ricardo David Videla Fernández estuvo privado de la libertad aproximadamente cuatro años hasta su muerte en la Penitenciaría de Mendoza (supra párr. 108). En consecuencia, para todos estos niños, las expectativas de libertad eran mínimas pues el artículo 13 del Código Penal de la Nación exigía que cumplieran, por lo menos, con 20 años de condena para solicitar la libertad condicional. 177. Cabe señalar que en este caso, la perita Laura Sobredo se refirió a las afectaciones psíquicas y las dificultades para la construcción de la personalidad sufridas por Claudio David Núñez, Lucas Matías Mendoza, César Alberto Mendoza, Ricardo David Videla Fernández y Saúl Cristian Roldán Cajal a causa de la imposición de la pena a perpetuidad por crímenes cometidos siendo niños. La perita expresó que: “[l]as extremas condiciones a las que todos estos jóvenes se han visto sometidos por parte de las instituciones del Estado desde tempranas etapas de sus vidas son un ejemplo claro de la grave dificultad o eventualmente la imposibilidad de mantener la integridad psíquica en lo que respecta a la identidad y un pavoroso ejemplo de c[ó]mo esta situación puede terminar con la vida humana”243. 241 Cfr. T.E.D.H., Casos de Harkins y Edwards Vs. Reino Unido, (No. 9146/07 y No. 32650/07). Sentencia de 17 de enero de 2012, párr. 132. 242 Cfr. T.E.D.H., Casos de Harkins y Edwards Vs. Reino Unido, (No. 9146/07 y No. 32650/07). Sentencia de 17 de enero de 2012, párr. 133. 243 Cfr. Declaración pericial rendida por Laura Sobredo ante fedatario público el 23 de agosto de 2012 (expediente de fondo, tomo II, folio 1441).

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents