48 Complejo Penitenciario Federal I ingresó a su celda, y que uno de ellos lo golpeó con un palo en la cabeza, luego de lo cual lo llevaron a la “leonera” 188, sitio en el que había recibido más de 20 golpes en la planta de los pies. Luego fue llevado a otro sector, donde se le ordenó que se parara a caminar, y al no poder hacerlo, comenzaron a golpearlo nuevamente189. Claudio David Núñez, por su parte, refirió haber recibido un tratamiento similar190. 130. El 17 de diciembre del 2007, en el marco de la investigación que se inició a raíz de la denuncia presentada por el defensor de ambos internos (supra párr. 126), el Secretario del Juzgado de Ejecución Penal No. 2 tomó las declaraciones de Lucas Matías Mendoza y Claudio David Núñez. En esta ocasión, ambos manifestaron que “el día 9 de diciembre pasad[as] las 22.30 h[oras] fue[ron] apremiado[s] ilegalmente […,] [r]efi[riendo] que no desea[ban] agregar más datos sobre ello, porque tem[ían] por su integridad física”191. El 18 de diciembre de 2007 los autos se remitieron al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal de Lomas de Zamora, a fin de darle a conocer los hechos que podrían constituir delitos de acción pública192. Frente a ello, se iniciaron la causa no. 615, relativa a los alegados apremios contra Lucas Matías Mendoza, y la causa No. 616, relativa a los alegados apremios contra Claudio David Núñez, ambas a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional no. 2193. El 26 de diciembre de ese año, el cuerpo médico forense informó al juzgado sobre el examen realizado ese mismo día a Mendoza y Núñez, quienes “refi[rieron] […] no [haber] recibi[do] traumatismos recientes”194. Por su parte, Lucas Matías Mendoza agregó “haber sufrido un golpe por caída hace 10 días aproximadamente, con herida en cuero cabelludo, suturado en el Penal”. Así, 188 Según indican los representantes, “la leonera” es una celda individual donde se aloja a las personas que están en tránsito. Cfr. Escrito de solicitudes y argumentos (expediente de fondo, tomo I, folio 467). 189 Cfr. Declaración rendida por Lucas Matías Mendoza ante la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación, de 13 de diciembre de 2007 (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo X, folio 5579). 190 Declaró que: “el domingo 9 [de diciembre de 2007], aproximadamente a las 22.30 h[oras], ingresaron a su celda 3 penitenciarios pertenecientes al cuerpo de requisa, le pidieron que se tire al piso y le pegaron una patada en el lado derecho de la cabeza y piñas […]. Luego […] lo trasladaron a [‘]la leonera[’ y] en todo [el] trayecto le siguieron pegando […]. [L]e sacaron la zapatilla izquierda […] y empezaron a darle […aproximadamente 30] golpes […] en el pie […]. También le pegaron […] en la pierna y en la cintura. Todo esto fue junto a su compañero Mendoza […]. Luego él rengueando fue […hasta] la sección médica, […] el enfermero […] le dijo que no tenía nada y […] le limpió el cabello para sacarle la sangre que tenía de[l interno] Mendoza, pues cuando le estaban pegando estaban juntos en el piso. […] [T]ambién el 12 del corriente […] le pegaron cachetazos y piñas”. Cfr. Declaración rendida por Claudio David Núñez ante la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación, de 13 de diciembre de 2007 (expediente de anexos al sometimiento del caso, tomo X, folios 5582 y 5583). 191 Cfr. Declaración rendida por Lucas Matías Mendoza el día 17 de diciembre de 2007 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo XIII, folio 7402), y declaración rendida por Claudio David Núñez el día 17 de diciembre de 2007 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo XIV, folio 7544). 192 Cfr. Escrito del Juzgado de Ejecución Penal no. 2, dirigido al Juez Nacional en lo Criminal y Correccional Federal de Lomas de Zamora, de 18 de diciembre de 2007 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo XIII, folio 7406),y escrito del Juzgado de Ejecución Penal no. 2, dirigido al Juez Nacional en lo Criminal y Correccional Federal de Lomas de Zamora, de 18 de diciembre de 2007 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo XIV, folio 7549). 193 Cfr. Escrito del Secretario del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Federal de Lomas de Zamora, de 26 de diciembre de 2007, en la causa no. 615 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo XIII, folio 7408), y escrito del Secretario del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Federal de Lomas de Zamora, de 26 de diciembre de 2007, en la causa no. 616 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo XIV, folio 7552). 194 Cfr. Escrito del Cuerpo Médico forense presentado al Juez Federal de primera instancia en lo Criminal y Correccional no. 2 de Lomas de Zamora, de 26 de diciembre de 2007, en la causa no. 615 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo XIII, folio 7410), y escrito del Cuerpo Médico forense presentado al Juez Federal de primera instancia en lo Criminal y Correccional no. 2 de Lomas de Zamora, de 26 de diciembre de 2007, en la causa no. 616 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo XIV, folio 7554).

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