-26indemnización ordenada en el párrafo 273 de la Sentencia por concepto del daño inmaterial
sufrido en su calidad de hija de Virgilio Hernández Serrano.
72.
Al respecto, la Corte recuerda que, al realizar las determinaciones sobre
indemnizaciones (sobre daño material y daño inmaterial) en la Sentencia de este caso,
tomó en cuenta los montos que ya hubieren recibido las víctimas que a nivel interno
acudieron a la jurisdicción contencioso administrativa 72. En lo que respecta a las
indemnizaciones por concepto de daño inmaterial, el Tribunal:
a) fijó indemnizaciones para las doce víctimas fallecidas, ya que “en el ámbito interno no
se dispuso una indemnización por el sufrimiento propio de las víctimas fallecidas” 73;
b) en el párrafo 265 de la Sentencia “valor[ó] positivamente el […] otorgamiento de
indemnizaciones en el ámbito de la jurisdicción contencioso administrativa” “por daño
inmaterial a favor de la víctima sobreviviente Arturo Salgado Garzón, así como de dieciocho
hijos, siete cónyuges o compañeras, dos madres, tres padres, seis hermanas y nueve
hermanos de once de las víctimas fallecidas” y en el párrafo 266 de la Sentencia consideró
que “el Estado ha reparado a dichos familiares por el daño inmaterial sufrido a raíz de los
hechos de la Masacre de La Rochela, con excepción de la víctima sobreviviente Arturo
Salgado Garzón y de las señoras Paola Martínez Ortiz y Blanca Herrera Suárez, compañeras
de dos de las víctimas fallecidas”. En el pie de página 257 de la Sentencia se consignó el
nombre de “[l]os familiares de las once víctimas fallecidas que recibieron indemnización por
concepto de daño inmaterial” en la referida jurisdicción contencioso administrativa, entre
quienes se encuentran Elizabeth Zapata de Castillo y Alonso Castillo Mayoral, madre y
padre de Carlos Fernando Castillo Zapata, así como Jackeline Hernández Castellanos,
hija de Virgilio Hernández Serrano (supra Considerando 71);
c) en los párrafos 272 y 273 de la Sentencia determinó indemnizaciones por concepto del
daño inmaterial “sufrido por los familiares declarados víctimas que no han recibido
indemnización a nivel interno ni fueron incluidos en el acuerdo parcial sobre
reparaciones” 74. En el párrafo 272 de la Sentencia la Corte indicó los nombres de los
familiares víctimas respecto de quienes fijó tales indemnizaciones. Las indemnizaciones
ordenadas en el párrafo 273 son únicamente a favor de las personas indicadas en el
referido párrafo 272. Respecto de las víctimas fallecidas Carlos Fernando Castillo Zapata y
Virgilio Hernández Serrano (supra Considerando 71), en el párrafo 272 no se incluyó el
nombre de ninguno de sus familiares por la razón indicada en el párrafo 266 (recibieron
indemnizaciones en la jurisdicción contencioso administrativa) 75, y
d) determinó indemnizaciones por concepto del daño inmaterial sufrido por la víctima
sobreviviente Arturo Salgado Garzón y las señoras Paola Martínez Ortiz y Blanca Herrera
Suárez, quienes no recibieron una reparación adecuada en el ámbito del contencioso
administrativo 76.
En lo que respecta al daño material, el Tribunal:
a) fijó indemnizaciones “por concepto de pérdida de ingresos a las doce víctimas
fallecidas” y dispuso los criterios de distribución entre sus familiares 77. La Corte indicó
que “al momento de la liquidación […] el Estado podrá descontar a cada familiar la
72
Ver fundamentalmente párrs. 245, 250, pie de pág. 243; párrs. 265, 266-268, pie de página 257; y párrs.
270 y 271 de la Sentencia.
73
Párrafos 257, 267, 272, 273 de la Sentencia. En el párrafo 237 dispuso los criterios de distribución entre
sus familiares.
74
Párrafos 267, 272 y 273 de la Sentencia.
75
Por consiguiente, las indemnizaciones indicadas en el párrafo 273 no eran aplicables a los familiares de
Carlos Fernando Castillo Zapata y Virgilio Hernández Serrano.
76
Párrs. 267-269 de la Sentencia. Al respecto, en el párrafo 270 de la Sentencia indicó que “[a]l momento de
la liquidación de las reparaciones ordenadas por esta Corte [a dichas tres personas …] el Estado podrá descontar las
cantidades que otorgó a nivel interno en los procesos contencioso administrativos por concepto de “daño moral”.
77
Párrafos 245 a 249 y 237 de la Sentencia.