2.
La versión de la Guardia Nacional, los vigilantes y otros empleados de la cárcel
40.
De acuerdo con los Guardias Nacionales cuyas declaraciones parciales obran en el expediente,
se encontraron en el destacamento al lado del penal cuando a aproximadamente las 7:20 de la mañana,
escucharon detonaciones provenientes del penal79. Enseguida, el Capitán Cárdenas Trillo los informó que el
Director había solicitado su intervención, por lo que sacaron los equipos anti-motín y se dirigieron hacia el
penal80. Entraron, pero se mantenían al margen hasta que cesaron las detonaciones; solo entonces fueron al
interior, donde encontraron a los siete muertos y heridos, y procedieron a pasar el número y hacer una requisa
de los pabellones, en la cual confiscaron varias armas81. Expresaron que no vieron a ningún militar disparar un
arma que no fuera anti-motín 82, y que presumen que los muertos fueron entre los mismos internos por el
control del interior del penal83. De acuerdo con los vigilantes cuyas declaraciones obran en el expediente, se
quedaron afuera del penal por instrucciones de la Guardia Nacional, y no presenciaron los hechos ni tienen
conocimiento de cómo fallecieron las presuntas víctimas84.
3.
La versión del Director Interventor Alfredo Veloz
41.
Alfredo Veloz sostuvo que los militares entraron al penal antes de calmadas las detonaciones:
“En el momento que ingresa la Guardia Nacional, se escuchan aun detonaciones en el interior del penal, y
cuando ellas ingresan se increment[a]. La Guardia Nacional ingresó, con cascos, escopetas, con equipos
antimotín [y] también estaban disparando con los FAL. Después que […] ingresaron se incrementaron las
detonaciones y eso duró un rato largo […] Durante los sucesos solo estaba adentro la Guardia Nacional. Yo giré
instrucciones de retirar al personal de custodia y administrativa del área administrativa, en virtud de que era
muy insegura la zona para el momento. Luego se calmó la situación, se procedió a un pase de lista y número…”85.
D.
Procesos internos
1.
Investigación de los hechos
42.
La investigación inició el mismo día de los hechos86. Del listado de pruebas que obran en el
expediente del Ministerio Público aportado por el Estado, se constata la siguiente actividad probatoria:
aproximadamente 145 actas de entrevista y 18 actas de declaración bajo la figura de prueba anticipada;
inspecciones oculares; siete autopsias practicadas el 11/11/2003; siete actas de entrevista con familiares de
los fallecidos; dos reconocimientos médico-legales de los vigilantes heridos; orden de servicio para la cárcel el
día 10/11/2003; copias del libro de novedades, listado de personal del Destacamento No. 81 de la Guardia
Nacional, y listado de armas asignadas a los efectivos; experticias de reconocimiento de armas, de balas y
proyectiles, y comparación balística; reconocimientos de medicina legal a los internos heridos; solicitudes de
exhumación de las presuntas víctimas y autopsias de seis de ellos, faltando Pedro López Chaurán87; y escritos
y resoluciones relacionados con el trámite del caso ante las instancias judiciales. Sin embargo, la CIDH cuenta
con siete declaraciones bajo la figura de prueba anticipada, 45 extractos incompletos de actas de entrevista, y
los resultados completos de cuatro autopsias practicadas luego de las exhumaciones.
43.
La CIDH cuenta con notas de prensa exponiendo presuntas irregularidades en el proceso de
investigación, y en particular sobre la presión que habría ejercido la Guardia Nacional sobre los cuerpos
Escrito de fondo del Estado, sec. IV, 20 septiembre 2013 (véase, por ejemplo, Declaraciones de Luís Beltrán (segundo comandante del
Destacamento No. 81), Salvador Franchi Rincones, Gustavo Puerta, Belisario)
80 Escrito de fondo del Estado, sec. IV (véase, por ejemplo, Declaración de Luís Beltrán, Gustavo Puerta, Belisario).
81 Escrito de fondo del Estado, sec. IV (véase, por ejemplo, Declaraciones de Salvador Franchi Rincones, Gustavo Puerta).
82 Escrito de fondo del Estado, sec. IV (véase, por ejemplo, Declaraciones de Luís Beltrán, Salvador Franchi Rincones, Gustavo Puerta).
83 Escrito de fondo del Estado, sec. IV (véase, por ejemplo, Declaraciones de Luís Beltrán, Salvador Franchi Rincones, Gustavo Puerta).
84 Escrito de fondo del Estado, sec. IV.
85 Escrito de fondo del Estado, 20 septiembre 2013.
86 Petición inicial. Véase también Escrito de fondo del Estado (consta existencia de acta de apertura).
87 Véase también Anexo 20. Así Es La Noticia. Fiscalía ordenó exhumación de cinco de los cadáveres de reos de Vista Hermosa (2324/1/2004). Anexo a la petición inicial.
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