RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DEREECHOS HUMANOS
DE 11 DE NOVIEMBRE DE 1997
MEDIDAS PROVISIONALES SOLICITADAS POR LA
COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
RESPECTO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ
CASO LOAYZA TAMAYO
VISTOS:
1.
El escrito presentado el 30 de mayo de 1996 por la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión”), mediante el cual remitió a la
Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”), en virtud de
los artículos 63.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en
adelante “la Convención”) y 24.1 del Reglamento de la Corte, entonces vigente, una
solicitud de medidas provisionales relacionada con el caso Loayza Tamayo, en
trámite ante ésta. En ese escrito, la Comisión solicitó a la Corte que ordenara al
Estado del Perú (en adelante "el Perú") que “dej[ara] sin efecto el aislamiento celular
y la incomunicación que [se] le impuso a María Elena Loayza Tamayo el día 9 de
abril de 1996, y que la restituy[era] al pabellón ‘A’ del Centro Penitenciario de
Máxima Seguridad de Mujeres de Chorrillos, en la misma situación que tenía antes
de su traslado”.
2.
La resolución del Presidente de la Corte de 12 de junio de 1996, mediante la
cual:
[s]olicit[ó] al Gobierno de la República del Perú que [adoptara] sin dilación
cuantas medidas [fueran] necesarias para asegurar eficazmente la integridad
física, psíquica y moral de la señora María Elena Loayza Tamayo, con el objeto
de que [pudieran] tener los efectos pertinentes las medidas provisionales que
en su caso pudiera tomar la Corte Interamericana.
3.
La resolución de la Corte de 2 de julio de 1996, mediante la cual dispuso:
1.
Ratificar la resolución del Presidente de la Corte Interamericana de 12
de junio de 1996.
2.
Reiterar al Gobierno de la República del Perú que tom[ara] en favor de
la señora María Elena Loayza Tamayo, aquellas medidas provisionales
indispensables para salvaguardar eficazmente su integridad física, psíquica y
moral.
4.
El escrito de observaciones presentado por la Comisión el 12 de septiembre
de 1996, mediante el cual reiteró su solicitud a la Corte de que requiriese al Perú