63 a) las detenciones del señor Juan Humberto Sánchez, llevadas a cabo por el Décimo Batallón de Infantería, y por el Primer Batallón de Fuerzas Territoriales el 10 y 11 de julio de 1992, respectivamente, fueron ejecutadas de manera violenta y arbitraria y sin orden de aprehensión, situación que causó al detenido gran sufrimiento psicológico. Esta angustia, que es propia de cualquier detención ilegal, se acentúa en el marco de un patrón de desapariciones y ejecuciones de personas detenidas en situaciones similares; b) el cuerpo abandonado del señor Juan Humberto Sánchez fue encontrado en el Río Negro, estaba en “medio de dos piedras grandes y boca abajo, y […] se encontraba bien maniatad[o] ya que tenía un lazo amarrado al cuello, que bajaba hacia los brazos donde estaba también amarrado con el mismo lazo y con este mismo lazo tenía amarradas las dos piernas y los pies […]”. El Juez de Paz de Colomoncagua y los peritos que hicieron el reconocimiento del cuerpo señalaron que el cadáver presentaba un orificio en la frente con salida en la parte trasera, y “se observaba que le hacía falta cuero cabelludo”. Además, los señores Juan José Vijil Hernández, padre de crianza, y Pablo Vijil Argueta declararon que el cadáver de la presunta víctima tenía los testículos, la nariz y las orejas cercenadas, le faltaba parte de su dentadura y presentaba moretones en sus piernas. El Estado era responsable de la integridad física de la presunta víctima mientras estaba bajo su custodia. Éste no ha podido explicar las razones por las cuales el cadáver del señor Juan Humberto Sánchez fue encontrado con marcas graves de violencia física; y c) Juan Humberto Sánchez permaneció incomunicado durante las dos detenciones de las que fue objeto; el lapso de tiempo en que la presunta víctima estuvo retenida clandestinamente medió entre dos circunstancias de extrema violencia: la aprehensión forzada y la muerte por impacto de arma de fuego. 91. Con respecto a los familiares enunciados (supra 15), alegaron lo siguiente: a) las detenciones sufridas por el señor Juan Humberto Sánchez generaron sufrimiento, angustia y temor a sus familiares, ya que no volvieron a tener tranquilidad, ni a sentirse seguros después de la primera detención del señor Juan Humberto Sánchez; b) durante la segunda detención, el señor Juan Humberto Sánchez nuevamente se encontraba en compañía de su familia, en su casa habitación, estando presentes la señora María Dominga Sánchez (madre), Juan José Vijil Hernández (padre de crianza), Domitila, María Florinda, Juan Carlos y Celio Vijil Sánchez, todos menores de edad a la fecha de los acontecimientos. Juan Humberto fue capturado por militares que irrumpieron en la casa apuntando con armas a sus ocupantes, llevándose al igual por la fuerza y amenazando de muerte a sus familiares si acudían a las autoridades; c) en varias oportunidades posteriores, los días 15, 22, 23 y 28 de julio de 1992, el señor Juan José Vijil fue citado y interrogado por agentes militares, con la finalidad de que informaran respecto de las actividades del señor Juan Humberto Sánchez, y de persuadir a éste de que convenciera a

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