sobre la supuesta abolición por parte del Estado de los partidos políticos de oposición para las elecciones de 2016 es falsa. Afirma que en los comicios generales de 2011 participaron 18 partidos políticos y que el partido político bajo el cual la supuesta víctima participó en las elecciones de 2011 se encuentra en pleno ejercicio de su personalidad jurídica y ha participado en todas las elecciones convocadas desde 1990 hasta la fecha. 21. Con respecto al derecho a la protección judicial y el deber de adoptar disposiciones de derecho interno, el Estado presentó posiciones divergentes en distintos momentos. En un primer momento, refirió que la presunta víctima tenía disponibles los recursos de revisión frente a la decisión del CSE que inscribió la candidatura del Presidente Ortega. Asimismo, expresó que al expedirse las sentencias de la Corte Suprema de justicia se encontraba disponible el recurso de aclaración. 22. En un segundo momento, expresó que la legislación electoral prescribe que en materia electoral no se admite recurso alguno lo cual se fundamenta en la necesidad que requiere un proceso electoral de garantizar certeza y seguridad. Igualmente, expresó que ha adoptado en su derecho interno disposiciones constitucionales y legales que garantizan el derecho a la protección judicial de los ciudadanos. III. DETERMINACIONES DE HECHO A. Contexto general de concentración de poder y Estado de derecho en Nicaragua 23. La CIDH ha documentado a través de sus mecanismos de monitoreo un contexto general de concentración de poder por parte del Poder Ejecutivo y progresivo debilitamiento de las instituciones democráticas en Nicaragua, favorecida por la repartición de las funciones del Estado basadas en la afiliación partidista, así como falta de independencia e imparcialidad de ciertos órganos de control. En este sentido se recogen denuncias de sociedad civil ante la CIDH en reiteradas ocasiones, sobre la conformación de los diferentes órganos de gobierno - la Corte Suprema de Justicia (CSJ), la Contraloría General, el Consejo Supremo Electoral (CSE) y la Fiscalía General de la República- por personas nombradas por ser afines al partido de gobierno, y la consecuente afectación en el ejercicio de los derechos políticos, de asociación, de reunión, a la libertad de expresión y de difusión del pensamiento de la población, (…) 2. De acuerdo con el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes nombrado por la CIDH, este proceso de debilitamiento de las instituciones democráticas, puede identificarse como iniciado a fines de la década de los 1990 e intensificado desde 2007, cuando asume la Presidencia de la República José Daniel Ortega Saavedra 3. 24. Por su parte, la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha subrayado que, desde las elecciones presidenciales de 2006, el marco institucional se ha debilitado, con la concentración de los diferentes poderes del Estado en manos del partido gobernante. Esto ha contribuido a la reducción del espacio cívico, la falta de independencia del Poder Judicial y de la institución nacional de derechos humanos (la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos), denuncias recurrentes de corrupción, de fraude electoral y de censura de medios de comunicación y a altos niveles de impunidad (…) 4. 25. Específicamente, en cuanto a la falta de independencia del Poder Judicial, la CIDH ha sostenido que: el Estado de Nicaragua no cuenta con un Poder Judicial independiente debido a procesos de designació n afectados por factores como el nepotismo o la influencia y manipulació n del partido oficial. Desde el añ o 2000, la Corte Suprema pasó a ser integrada por 16 magistrados y 16 conjueces, lo que permitió que fuera repartida entre las dos principales fuerzas polı́ticas del paı́s. En 2010, el presidente Daniel Ortega aprobó el Decreto Presidencial 03/2010 que permitió la permanencia de magistrados de la CSJ en sus cargos a pesar tener mandatos vencidos. En este contexto, en 2013, la entonces Relatora Especial de Naciones Unidas sobre la Independencia de los Magistrados y Abogados Gabriela Knaul, denunció la fuerte influencia polı́tica en los nombramientos de los magistrados de la CSJ, y en particular porque la mayorı́a oficialista en la Asamblea Nacional permitı́a nombrar a CIDH, Informe Anual 2018, capítulo IV. B Nicaragua. SITUACIÓN GENERAL DE DERECHOS HUMANOS DESDE ABRIL DE 2018. La concentración del poder y el debilitamiento del Estado de Derecho, párr. 27. 3 Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para Nicaragua (GIEI Nicaragua), Informe Final 2018, pág. 43. 4 OACNUDH, Violaciones de Derechos Humanos y abusos en el contexto de las protestas en Nicaragua 18 de abril – 18 de agosto de 2018, párr. 8. 2 4

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