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la Comisión en su demanda y de los argumentos vertidos en el escrito de solicitudes,
argumentos y pruebas presentado el 27 de septiembre de 2002.
Asimismo,
indicaron que, mediante este reconocimiento, “el Estado acept[a] la impunidad en la
que continúa la [M]asacre […] Plan de Sánchez, la cual se dio en el marco de una
política genocida” y no aceptaron la propuesta de solución amistosa del Estado para
la determinación de las reparaciones. Además, solicitaron que la Corte escuchara a
los testigos y peritos convocados, porque ello constituía una forma de reparación y
restitución integral para toda la comunidad. En consecuencia, los representantes
solicitaron a la Corte que iniciara la etapa de reparaciones.
*
*
*
HECHOS ESTABLECIDOS
42.
La Corte considera que los siguientes hechos forman parte de los
antecedentes y del contexto que ésta abordará en el ejercicio de su competencia.
En relación con el contexto histórico
42.1. entre los años 1962 y 1996 en Guatemala hubo un conflicto armado interno
que significó grandes costos humanos, materiales, institucionales y morales;
42.2. durante el conflicto armado interno el Estado aplicó la denominada “Doctrina
de Seguridad Nacional” como respuesta a la acción o doctrina del movimiento
insurgente. En el marco de esa doctrina se fue acrecentando la intervención del
poder militar para enfrentar a la subversión, concepto que incluía a toda persona u
organización que representara cualquier forma de oposición del Estado, con lo cual
dicha noción se equiparaba a la de “enemigo interno”;
42.3. el 23 de marzo de 1982, como resultado de un golpe de Estado, en
Guatemala se instaló una Junta Militar de Gobierno presidida por José Efraín Ríos
Montt e integrada, además, por los vocales Horacio Egberto Maldonado Schaad y
Francisco Luis Gordillo Martínez4;
42.4. en abril de 1982 la Junta Militar de Gobierno de la época dictó el “Plan
Nacional de Seguridad y Desarrollo”, el que establecía objetivos nacionales en
términos militares, administrativos, legales, sociales, económicos y políticos. Dicho
Plan identificó las principales áreas de conflicto. La Junta Militar y el Alto Mando
diseñaron y ordenaron la implementación de un plan de campaña militar llamado
4
En su escrito de demanda la Comisión señaló que “la estructura del mando militar, en lo que
respecta a Rabinal, era la siguiente al momento de los hechos”:
Presidente de la República y Ministro de Defensa.
Jefe del Alto Estado Mayor General del Ejército.
Jefe del Departamento de Inteligencia Militar.
Superior de la Base Militar de Cobán.
Superior del Destacamento Militar de Rabinal.
Oficiales.
PAC, Judiciales, Comisionados Militares y Soldados.
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