-6Bolivariana de Venezuela, así como sobre las circunstancias en que, después de la
supuesta elaboración de la llamada “Lista Tascón” (con los nombres de quienes habían
participado en la solicitud de referéndum revocatorio presidencial), se les notificó la
terminación de sus contratos de trabajo en la Dirección Nacional de Fronteras del
Ministerio de Relaciones Exteriores de Venezuela. De igual manera, declarará sobre las
gestiones realizadas en las instancias nacionales al respecto, así como los efectos que tal
decisión y el término de la relación laboral tuvieron en su vida.
B. Peritos
Propuesto por el representante:
1.
Román Duque Corredor, quien declarará sobre la garantía de acceso a los cargos de
la administración pública en el Derecho venezolano; la prohibición de la discriminación
política en el acceso a los cargos de la administración pública y la jurisprudencia de los
tribunales nacionales sobre el particular; la supuesta facultad discrecional del Estado
para despedir a un funcionario público y la regulación de esa facultad; la supuesta
facultad del Estado, en la selección de funcionarios públicos, de excluir a una categoría
de ciudadanos calificados en función de sus ideas políticas; los límites dentro de los
cuales el Estado tiene derecho a demandar que los funcionarios públicos sean de su
absoluta confianza; las razones por las cuales una medida que tiene carácter
sancionatorio, como el despido de un funcionario público, debe ajustarse a las reglas del
debido proceso; la garantía de los derechos políticos y el secreto en el ejercicio del
derecho al sufragio; sobre el derecho a revocar el mandato del Presidente de la República
en Venezuela y las garantías en el proceso de recolección de firmas para un referéndum
revocatorio; la supuesta concertación que habría existido entre los poderes públicos de
Venezuela desde la llegada al poder de Hugo Chávez para someter a las autoridades
estatales a la voluntad del Presidente de la República, así como la forma en que tal
subordinación se habría manifestado en la aplicación de la “Lista Tascón” y la supuesta
ineficacia de cualquier recurso disponible.
Propuesto por el Estado:
2.
César Augusto Tillero Montiel, quien declarará sobre el alcance del sistema
provisional de funcionarios contratados por la administración pública venezolana y la
situación jurídica de las presuntas víctimas.
Propuesto por la Comisión:
3.
Roberto Saba, quien declarará sobre los conceptos de “desviación de poder” y
“discriminación encubierta” y, específicamente, sobre los criterios que deben ser tomados
en cuenta para evaluar en un caso concreto si el ejercicio del poder público tiene una
“motivación inconvencional distinta de la motivación formalmente declarada”, en
particular la relevancia de la prueba contextual e indiciaria; así como sobre las
características que debe tener un recurso judicial para ser considerado efectivo frente a
esos casos, aplicando tales conceptos al caso concreto.
2.
Requerir a los peritos convocados a declarar en audiencia que, de considerarlo
pertinente, aporten una versión escrita de su peritaje a más tardar el 23 de enero de 2017.