20.
Señalan que si bien el Estado ecuatoriano dio posteriormente ciertos pasos hacia la protección
de los territorios de los Tagaeri y Taromenani, tales acciones han sido insuficientes. En concreto, refieren que
mediante Decreto Ejecutivo No. 552 del 2 de febrero de 1999 se creó la denominada “Zona Intangible”, que
alcanza aproximadamente 700.000 hectáreas en las provincias de Orellana y Pastaza. Informan que parte de la
zona intangible se encuentra en la Reserva de Biosfera Yasuní. Indican que, a pesar de que tal Decreto establecía
un plazo de seis meses para la delimitación de la zona intangible, no fue sino hasta el 16 de enero de 2007 que
ésta se delimitó, a través del Decreto Ejecutivo No. 2187, determinándose un área de 758.01 hectáreas.
21.
Sostienen que dichos decretos no incluyeron financiamiento para el funcionamiento de la zona
intangible y el cese de la tala ilegal de madera, una de las amenazas principales de los pueblos indígenas en
aislamiento voluntario. Indican además que la zona intangible no comprende la totalidad del territorio de los
pueblos Tagaeri y Taromenani, ya que existe evidencia de que habitan al norte de la zona intangible, llegando
hasta el río Tiputini. Agregan que una porción de su territorio se extiende al Perú, y que el Ecuador no habría
realizado ninguna gestión con el Estado peruano para que proteja a los Tagaeri y Taromenani que se movilizan
entre ambos países. Igualmente, afirman que el 19 de agosto de 2004 el Estado ecuatoriano otorgó una licencia
para la explotación de petróleo a la empresa brasileña Petrobrás, en una zona ubicada en las provincias de
Orellana y Pastaza, en la zona llamada bloque 31, sin consulta a los pueblos indígenas ni a miembros de la
sociedad civil. Agregan que en agosto de 2013, el Ejecutivo presentó ante la Asamblea Nacional un proyecto
gubernamental para habilitar la explotación de hidrocarburos en los bloques 31 y 43, en los que se habría
verificado la presencia de pueblos en aislamiento.
22.
En abril de 2013, los peticionarios informaron que “[l]a evidencia disponible hasta el
momento sugiere que en el Yasuní ha ocurrido una nueva masacre de pueblos indígenas en aislamiento
voluntario Tagaeri y Taromenani”. En particular, indicaron que el 5 de marzo de 2013 miembros del pueblo
Taromenani mataron con lanzas a Ompore y Buganey, una pareja de adultos Waorani, en Yarentaro dentro del
Bloque Petrolero 16. Afirman que la muerte de la pareja condujo a que un grupo de entre 12 y 18 Waorani
organizara un ataque para vengar los asesinatos. Según informan, luego de varias incursiones en el área para
identificar su ubicación, el 30 de marzo el grupo de Waorani atacó con armas de fuego y lanzas a los
Taromenani, como consecuencia de lo cual se calcula habrían muerto entre 30 y 50 hombres, mujeres y niños.
Sostienen que dos niñas Taromenani, de aproximadamente 2 y 6 años de edad y hermanas entre sí, fueron
retenidas y permanecieron con los Waorani que participaron en los hechos.
23.
Alegan que el Estado no tomó las medidas necesarias para evitar esta masacre. De acuerdo a
los peticionarios, desde el momento del asesinato de Ompore y Buganey a inicios de marzo, “varios funcionarios
conocían que habitantes de Yarentaro querían ejecutar una venganza contra los taromenani”. Sostienen que, a
pesar de que “el Estado fue alertado por diversos medios […] del riesgo […], ninguna medida fue adoptada por
el Gobierno para evitar tales actos de retaliación“. Informan que la Fiscalía inició una indagación previa, no
obstante alegan que no está siendo conducida con diligencia, dado que no se han realizado peritajes, no se han
recogido versiones de los hechos, ni ha existido coordinación interinstitucional adecuada para esclarecerlos.
Afirman que en un sobrevuelo las autoridades ubicaron el lugar de la matanza, y sin embargo no bajaron para
realizar el levantamiento de los cadáveres, con base en ello sostienen que existe un desinterés de la Fiscalía y
otras autoridades por investigar. Agregan que, tras los hechos de marzo de 2013, enviaron comunicaciones a
distintas autoridades estatales alertando sobre nuevas incursiones de indígenas Waorani a la zona de la
matanza y la necesidad de tomar acciones para evitar futuros hechos de violencia, comunicaciones que según
señalan no fueron respondidas5.
24.
Con relación a las dos niñas Taromenani, informan que en el marco de la alegada masacre,
presenciaron el asesinato de su madre y otros miembros de su pueblo, fueron separadas del pueblo indígena
al que pertenecen y tomadas por comunidades del pueblo Waorani de donde provinieron los agresores. Alegan
que el Estado ecuatoriano no adoptó medidas de protección inmediatas y adecuadas, tomando en cuenta su
situación de niñas indígenas en contacto inicial. Agregan que, por el contrario, el 26 de noviembre de 2013 el
5En concreto, los peticionarios aportaron una carta dirigida al Presidente Constitucional de la República, presentada en la
Presidencia el 4 de octubre de 2013; la misma que fue presentada en el Ministerio del Interior y la Fiscalía General del Estado el 7 de
octubre de 2013.
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