-14audiencia inicial celebrada el 22 de septiembre de 2021. El 21 de marzo de 2022 se
realizaría la “audiencia preparatoria de juicio”, fue suspendida debido a que “la Fiscal no
contaba con suficientes medios de prueba” y se continuó al día siguiente, sin la asistencia
de la abogada del señor Holmann Chamorro, quien tuvo que abandonar el país por
amenazas y persecución policial. El 31 de marzo de 2022 se habría condenado al señor
Holmann Chamorro por “el delito de lavado de dinero, bienes o activos en perjuicio del
Estado de la República de Nicaragua y la sociedad nicaragüense”, imponiéndole la pena
de nueve años de prisión y a pagar una multa económica. Posteriormente, el 31 de agosto
de 2022 habría sido llevado a una “audiencia informativa” 48 junto con otras personas
“presas políticas”, en la cual serían fotografiados a fines de ser “expu[estos] y denigr[ados]
públicamente”.
52.
Actualmente el señor Holmann Chamorro se encuentra detenido en una celda con
solo “una pequeña ventana” que estaría compartiendo con otros tres “presos políticos”, y
que cuenta con “cuatro losetas de concreto en donde duermen sobre colchonetas
desgastadas y en mal estado”, sin “frazadas, sábanas ni colchas” que protejan del frío, lo
que estaría causándole dolor muscular. Se informó además, que quienes están recluidos
en dicha celda tendría que bañarse “sentados sobre el inodoro donde realizan sus
necesidades fisiológicas” pues no cuentan con otro espacio para ello, y que el señor
Holmann Chamorro “no ha salido a tomar el sol desde noviembre de 2021 y tiene prohibido
comunicarse con sus propios compañeros de celda”.
53.
En materia de salud, no ha recibido atención médica para ninguno de sus
padecimientos. La Comisión informó que sufre de “graves condiciones de salud como
hipertensión arterial sistémica, dislipidemia, hipertrofia prostática benigna, tiroiditis,
problemas oculares graves y una cirugía para reparar una insuficiencia mitral”; que ha
perdido “más de 20 libras” y sufrido una infección estomacal que produjo reflujo y gastritis
que sus familiares temen que sea por la alimentación escasa y poco nutritiva que tiene;
una mancha en el ojo izquierdo que no ha sido examinada; un bulto en la parte inferior
de la pelvis desde enero de 2022 que ha venido empeorando, y presión arterial baja. Al
respecto, se informó que debe realizarse exámenes que no han sido realizados y tomar
diversos medicamentos para sus problemas arteriales, los cuales son provistos por sus
familiares pero al momento de su entrega, los oficiales “cometerían errores”
confundiéndolos y omitiendo algunos.
54.
La Comisión señaló, además, que la última visita familiar que se permitió fue
realizada el 19 de noviembre de 2022 “después de casi 3 meses de incomunicación”, y
que en ella, su hermana y su esposa fueron requisadas de forma excesiva, obligando a
esta última a “desnudarse y realizar sentadillas mientras se encontraba desnuda”.
Además, fueron fotografiados y grabados durante dicha visita.
3.
Consideraciones sobre la situación de gravedad y urgencia de sufrir
daños irreparables en que se encuentran los propuestos beneficiarios de
medidas provisionales
55.
Esta Presidencia nota que la solicitud de medidas provisionales se refiere a la
ampliación a 11 personas adicionales de las medidas provisionales adoptadas a favor de
45 personas privadas de la libertad en establecimientos carcelarios. Destaca la Presidencia
que el Estado tiene una especial posición de garante frente a las personas detenidas, a
raíz de la particular relación de sujeción que existe entre la persona internada y el Estado.
La Corte ha determinado en sus resoluciones anteriores de medidas provisionales con
relación a Nicaragua que existen condiciones de extrema gravedad y urgencia que
constituyen daños irreparables a los propuestos beneficiarios.
La Comisión refirió que dicha audiencia “no está prevista en las leyes penales y procesales aplicables”
en Nicaragua.
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