4 e) Sometimiento a la Corte. – El 20 de enero de 2012 la Comisión sometió a la jurisdicción de la Corte Interamericana la totalidad de los hechos y violaciones de derechos humanos descritos en el Informe de Fondo, en virtud de que "las violaciones a las garantías judiciales y protección judicial ocurrieron como consecuencia de la vigencia de la norma que establecía el juzgamiento de altos funcionarios en única instancia, así como de la falta de implementación de las normas constitucionales que regula[ban] el control constitucional y contempla[ban] la creación de una Corte Constitucional". La Comisión también señaló que ”el caso plantea un aspecto de derecho novedoso en cuanto al alcance del principio de [retroactividad] establecido en el artículo 9 de la Convención Americana cuando se trata de normas de naturaleza procesal pero que pueden tener efectos sustantivos". La Comisión designó a la Comisionada Dinah Shelton y al entonces Secretario Ejecutivo, Santiago Canton como delegados en este caso, así como a la Secretaria Ejecutiva Adjunta Elizabeth Abi-Mershed, a los especialistas Silvia Serrano Guzmán, Mario López-Garelli y Hilaire Sobers, como asesores legales. 3. Solicitudes de la Comisión Interamericana. – Con base en lo anterior, la Comisión solicitó a la Corte que declare la responsabilidad internacional del Estado por la violación de: a) el artículo 8 de la Convención; b) el artículo 9 de la Convención; c) el artículo 22 de la Convención, y d) el artículo 25 de la Convención, todos ellos en perjuicio de Liakat Ali Alibux. II PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE 4. Notificación al Estado y a la presunta víctima. - El sometimiento del caso por la Comisión fue notificado al Estado y la presunta víctima el 9 de marzo de 2012. 5. Escrito de solicitudes, argumentos y pruebas. - La presunta víctima no presentó ante la Corte su escrito de solicitudes, argumentos y pruebas, sino que el 2 de mayo de 2012 presentó ante la Comisión Interamericana, una declaración en la que optó por adherirse a las propuestas formuladas por la misma. La Comisión remitió dicha declaración a la Corte el 14 de mayo de 2012. Asimismo, en una nota separada de 15 de marzo de 2012, la presunta víctima solicitó ser elegible para el Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte (en adelante el "Fondo de Asistencia Legal"), solicitud que fue denegada debido a que fue presentada de manera extemporánea. El 14 de agosto de 2012 la presunta víctima presentó una comunicación ante la Corte indicando que había seleccionado al señor Irvin Madan Dewdath Kanhai como su representante legal para el procedimiento ante este Tribunal3. 6. Escrito de contestación. - El 21 de agosto de 2012, el Estado presentó ante la Corte su escrito de interposición de excepciones preliminares y contestación al escrito de sometimiento del caso (en adelante “escrito de contestación”). El Estado designó como Agente Principal a G.R. Sewcharan y como Agente Alterno a A.E. Telting. 7. Escritos de observaciones a las excepciones preliminares. – El 19 y 26 de septiembre de 2012, la presunta víctima y la Comisión Interamericana, respectivamente, presentaron sus observaciones a las excepciones preliminares interpuestas por el Estado. 8. Audiencia pública y prueba adicional. - Mediante Resolución del Presidente de la Corte de 20 de diciembre de 20124 se convocó a las partes a una audiencia pública para recibir 3 No obstante, la Corte constató que la presunta víctima firmó algunos escritos posteriores presentados ante la Corte. 4 Cfr. Caso Liakat Ali Alibux Vs. Suriname. Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de 20 de diciembre de 2012. Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/liakat_20_12_12_ing.pdf.

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