2 5. El 17 de octubre de 2000, la Comisión Interamericana recibió una denuncia presentada por la señora María Ramona Isabel Noguera Domínguez, a nombre propio y en representación de la Asociación de Familiares Víctimas del Servicio Militar (AFAVISEM) la cual fue radicada bajo el número 12.329. El 24 de octubre de 2000, la CIDH transmitió la denuncia al Estado de Paraguay, otorgándole un plazo de 90 días para remitir sus observaciones. Mediante nota del 7 de diciembre de 2000, el Estado paraguayo manifestó su deseo de iniciar un procedimiento de solución amistosa y dicha nota fue trasladada a la peticionaria el 18 de enero de 2001. La peticionaria respondió mediante comunicación recibida el 15 de noviembre de 2001 formulando algunas peticiones con miras a una solución amistosa del caso, lo cual fue trasladado al Estado el mismo día. 6. El Estado presentó información adicional mediante notas del 23 de enero, 12 de febrero, 12 de abril, 26 de junio y 23 de agosto de 2001; 5 de junio de 2003 y 16 de septiembre de 2004. Dichas comunicaciones fueron debidamente trasladadas a la peticionaria. 7. Mediante comunicaciones del 29 de abril de 2003 y 4 de agosto de 2004, la Comisión solicitó al Estado paraguayo información específica respecto del caso, recibiéndose respuesta oportuna. 8. En comunicación del 22 de septiembre de 2005, la peticionaria manifestó a la Comisión su retiro de la mesa de conciliación con el Estado paraguayo, debido a la falta de avances en el proceso de solución amistosa. En ese sentido, el 4 de septiembre de 2007, durante la visita que el entonces Relator realizó a Paraguay, se realizó una reunión con representantes del Estado y la peticionaria. 9. Mediante carta del 18 de mayo de 2009, la Comisión solicitó a la parte peticionaria información específica sobre el caso, comunicación que fue reiterada el 18 de mayo de 2010. La Comisión recibió comunicaciones de la peticionaria de fechas 18 de agosto, 24 de septiembre, 7 y 11 de octubre, y 1° de diciembre de 2010. III. POSICIONES DE LAS PARTES A. Posición de los peticionarios 10. La peticionaria señala que su hijo, Vicente Ariel Noguera, nació el 29 de abril de 1978 y, a la edad de 15 años, ingresó al servicio militar obligatorio, en perfecto estado de salud. Aclara que el 2 de enero de 1996 fue trasladado de la CIMEFOR (Centro de Instrucción Militar para Estudiantes y de Formación de Oficiales de Reserva) hacia Lagerenza en el Chaco Paraguayo y, nueve días después, falleció. Al respecto, indica que las versiones oficiales de la causa de muerte de su hijo variaron entre “muerte súbita”, virus Hanta, e infección generalizada, siendo ésta última la que finalmente se sostuvo. 11. Respecto de los recursos judiciales interpuestos, la peticionaria aduce haber presentado denuncia el 17 de enero de 1996 ante la justicia ordinaria, dentro de la cual se realizaron pocas diligencias y, según la peticionaria, estuvo prácticamente paralizada hasta el 26 de enero de 1998. Dentro de las diligencias realizadas, la peticionaria destaca la autopsia, cuya conclusión fue “neumonitis intersticial aguda tipo virósico”, no obstante que presentaba un golpe en la cabeza y rastros de sangre. Indica que se inició una investigación dentro del fuero militar, la cual habría sido sobreseída “por no existir delito que investigar ni delincuente que castigar”. 12. Señala que algunos compañeros de su hijo le manifestaron que dos tenientes habrían castigado a Vicente Ariel a fin de “darle una lección” pero “se les fue la mano”; que habrían visto como lo patearon y lo llevaron al calabozo castigado. Otros más, habrían afirmado estar seguros de que su hijo fue víctima de violación y torturas y todos habrían afirmado que Vicente Ariel no se encontraba enfermo el día de su muerte. La peticionaria indica que pese a ello, los compañeros de Vicente Ariel no aportaron dicha información en las declaraciones que presentaron ante las autoridades y algunos incluso habrían negado conocerlo. Al respecto, la peticionaria señala que un camarada de su hijo le habría dicho que fueron todos amenazados con darlos de baja si hablaban de lo realmente ocurrido a Vicente Ariel.