INFORME Nº 7/04 PETICIÓN 487/03 ADMISIBILIDAD GABRIELA PEROZO, ALOYS MARÍN, OSCAR DÁVILA PÉREZ Y OTROS VENEZUELA 1 27 de febrero de 2004 I. RESUMEN 1. El 22 de junio de 2003, Gabriela Perozo, Aloys Marín, Efraín Henríquez, Oscar Dávila Pérez, Yesenia Thais Balza Bolívar, Carlos Quintero, Felipe Antonio Lugo Durán, Alfredo José Peña Isaya, Beatriz Adrián, Jorge Manuel Paz Paz, Mayela León Rodríguez, Richard Alexis López Valle, Félix José Padilla Geromes, John Power, Miguel Ángel Calzadilla, José Domingo Blanco, Jhonny Donato Ficarella Martín, Norberto Mazza, Gladys Rodríguez, María Arenas, José Vicente Antonetti Moreno, Orlando Urdaneta, Edgar Hernández, Claudia Rojas Zea, José Natera, Aymara Anahi Lorenzo Ferrigni, Carlos Arroyo, Ana Karina Villalba, Wilmer Escalona Arnal, Carla María Angola Rodríguez y José Iniciarte, todos ellos empleados de la estación de televisión venezolana Globovisión, así como Guillermo Zuloaga Núñez y Alberto Federico Ravell, accionistas y miembros del Directorio de Globovisión (en lo sucesivo "los peticionarios") presentaron una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, alegando que la República Bolivariana de Venezuela (en lo sucesivo "el Estado") había violado sus derechos a la libertad de expresión, integridad personal, garantías judiciales y protección judicial previstos en los artículos 13, 5, 8 y 25, respectivamente, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Los peticionarios alegan asimismo que el Estado ha violado las obligaciones generales que sobre él recaen, de respetar y garantizar esos derechos conforme a los artículos 1(1) y 2 de la Convención Americana. 2. Los peticionarios alegan que desde 2001 los periodistas y empleados deGlobovisión –en especial los que cubren acontecimientos ocurridos fuera de la estación, y el personal de apoyo que los acompaña, así como los accionistas y miembros del Directorio identificados en la petición como peticionarios, han venido siendo objeto de una continua y creciente campaña de hostigamiento y agresión por parte de partidarios del Presidente venezolano, Hugo Chávez. Alegan asimismo que esos mismos agresores han dañado bienes deGlobovisión. Afirman que muchos de esos agresores son miembros de "Círculos Bolivarianos", grupos de ciudadanos que actúan por instigación del Gobierno y que éste financia y protege. También sostienen que los incidentes de agresión contra Globovisión se han incrementado como consecuencia de declaraciones públicas del Presidente Chávez, en las que atacó aGlobovisión y, en forma personal, a los miembros de su Directorio y a sus accionistas. 3. A la fecha del presente informe el Estado no ha presentado observaciones referentes a esta petición. 4. Tras examinar las posiciones de las partes a la luz de los requisitos de admisibilidad establecidos en la Convención Americana, la Comisión decidió declarar admisible el caso en cuanto guarda relación con los artículos 1(1), 2, 5(1), 8, 13 y 25 de la Convención, notificar a las partes, hacer pública esta decisión, e incluirla en su Informe Anual. II. TRÁMITE ANTE LA COMISIÓN A. Petición 5. La Comisión recibió la petición de autos el 27 de junio de 2003 y acusó recibo de la misma en una carta dirigida a los peticionarios, fechada el 3 de julio de 2003. 1 El Comisionado Freddy Gutiérrez Trejo, de nacionalidad venezolana, no tomó parte en el debate y votación del presente informe, conforme a lo dispuesto por el artículo 17(2)(a) del Reglamento de la Comisión. 1

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