INFORME Nº 7/04
PETICIÓN 487/03
ADMISIBILIDAD
GABRIELA PEROZO, ALOYS MARÍN, OSCAR DÁVILA PÉREZ Y OTROS
VENEZUELA 1
27 de febrero de 2004
I.
RESUMEN
1. El 22 de junio de 2003, Gabriela Perozo, Aloys Marín, Efraín Henríquez, Oscar Dávila Pérez,
Yesenia Thais Balza Bolívar, Carlos Quintero, Felipe Antonio Lugo Durán, Alfredo José Peña
Isaya, Beatriz Adrián, Jorge Manuel Paz Paz, Mayela León Rodríguez, Richard Alexis López
Valle, Félix José Padilla Geromes, John Power, Miguel Ángel Calzadilla, José Domingo Blanco,
Jhonny Donato Ficarella Martín, Norberto Mazza, Gladys Rodríguez, María Arenas, José Vicente
Antonetti Moreno, Orlando Urdaneta, Edgar Hernández, Claudia Rojas Zea, José Natera,
Aymara Anahi Lorenzo Ferrigni, Carlos Arroyo, Ana Karina Villalba, Wilmer Escalona Arnal,
Carla María Angola Rodríguez y José Iniciarte, todos ellos empleados de la estación de
televisión venezolana Globovisión, así como Guillermo Zuloaga Núñez y Alberto Federico
Ravell, accionistas y miembros del Directorio de Globovisión (en lo sucesivo "los peticionarios")
presentaron una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, alegando
que la República Bolivariana de Venezuela (en lo sucesivo "el Estado") había violado sus
derechos a la libertad de expresión, integridad personal, garantías judiciales y protección
judicial previstos en los artículos 13, 5, 8 y 25, respectivamente, de la Convención Americana
sobre Derechos Humanos. Los peticionarios alegan asimismo que el Estado ha violado las
obligaciones generales que sobre él recaen, de respetar y garantizar esos derechos conforme a
los artículos 1(1) y 2 de la Convención Americana.
2. Los peticionarios alegan que desde 2001 los periodistas y empleados deGlobovisión –en
especial los que cubren acontecimientos ocurridos fuera de la estación, y el personal de apoyo
que los acompaña, así como los accionistas y miembros del Directorio identificados en la
petición como peticionarios, han venido siendo objeto de una continua y creciente campaña de
hostigamiento y agresión por parte de partidarios del Presidente venezolano, Hugo Chávez.
Alegan asimismo que esos mismos agresores han dañado bienes deGlobovisión. Afirman que
muchos de esos agresores son miembros de "Círculos Bolivarianos", grupos de ciudadanos que
actúan por instigación del Gobierno y que éste financia y protege. También sostienen que los
incidentes de agresión contra Globovisión se han incrementado como consecuencia de
declaraciones públicas del Presidente Chávez, en las que atacó aGlobovisión y, en forma
personal, a los miembros de su Directorio y a sus accionistas.
3. A la fecha del presente informe el Estado no ha presentado observaciones referentes a esta
petición.
4. Tras examinar las posiciones de las partes a la luz de los requisitos de admisibilidad
establecidos en la Convención Americana, la Comisión decidió declarar admisible el caso en
cuanto guarda relación con los artículos 1(1), 2, 5(1), 8, 13 y 25 de la Convención, notificar a
las partes, hacer pública esta decisión, e incluirla en su Informe Anual.
II.
TRÁMITE ANTE LA COMISIÓN
A.
Petición
5. La Comisión recibió la petición de autos el 27 de junio de 2003 y acusó recibo de la misma
en una carta dirigida a los peticionarios, fechada el 3 de julio de 2003.
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El Comisionado Freddy Gutiérrez Trejo, de nacionalidad venezolana, no tomó parte en el debate y votación del
presente informe, conforme a lo dispuesto por el artículo 17(2)(a) del Reglamento de la Comisión.
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