7 17. Que en consideración de lo anterior, y siendo que de la información requerida a las partes no se desprende que la situación de extrema gravedad y urgencia persista en relación con el objetivo de las presentes medidas, la Corte considera pertinente levantar las medidas de protección a favor de Alfredo López Álvarez y Teresa Reyes Reyes. * * * 18. Que en relación con la señora Gregoria Flores Martínez el Estado, en diversas oportunidades señaló que debido a que salió de Honduras, reitera su ofrecimiento de brindar seguridad especializada en protección de dignatarios a dicha señora, si decidiera regresar al país y, además, ofreció realizar patrullajes a la residencia que habitare. En lo que se refiere a la investigación relacionada con las alegadas lesiones por disparo de arma de fuego sufridas por Gregoria Flores Martínez el día 30 de mayo de 2005, el Estado informó que en virtud de que las lesiones sufridas por señora eran leves y éstas sumadas a los daños materiales causados por los hechos no generaban la aplicación de una pena superior a cinco años, el Ministerio Público estimó que se podría aplicar la medida alterna de criterio de oportunidad. Sin embargo, debido a que la señora Flores Martínez no quiso firmar el acta referida no se pudo concluir el expediente. Ante la solicitud de la señora Flores Martínez de que se sancionara al responsable, se ordenó la detención del imputado, el cual no fue hallado y el Estado en reiteradas ocasiones ha informado que continúa prófugo y que pesa una orden de captura en su contra. Asimismo, informó que el Jefe Municipal de Tela, Atlántica, Comisario de Policía Omar Matamoros Ávila, había realizado varias visitas a los beneficiarios y que les había proporcionado algunos números telefónicos, para que éstos se comunicaran cuando lo consideraran necesario. Posteriormente, el Estado informó que en relación con el autor de las lesiones que sufrió la señora Flores Martínez, si bien aún no ha sido detenido, la Dirección General de Investigación Criminal ha puesto el empeño debido para capturarlo. Además, la Fiscalía Especial de Derechos Humanos ha solicitado intervención al Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad para lograr la captura del sospechoso. 19. Que los representantes reiteraron, acerca del ofrecimiento del Estado de brindar seguridad personal a la señora Gregoria Flores Martínez, que la medida resulta insuficiente si no se realizan otras acciones que garanticen la captura, procesamiento, enjuiciamiento y sanción del responsable del ataque en contra de la señora. Agregaron, en relación con la investigación del atentado en contra de la señora Flores Martínez, que el autor material de las lesiones a dicha señora se hallaba en libertad bajo criterio de oportunidad, el cual fue negociado por el Ministerio Público sin el consentimiento de la ofendida y que pese a que había interpuesto una nueva denuncia no se tenía noticias sobre la investigación. Además, consideraron que el Estado no ha indicado cuáles son las gestiones que ha realizado para la captura del imputado. Mediante escrito de 14 de enero de 2009 los representantes informaron que la señora Flores Martínez ha manifestado que “continúa con temor de retornar, debido a que su agresor continúa prófugo, por lo que permanecerá fuera del país hasta tanto considere que existen las condiciones de seguridad para su retorno”. considerando décimo séptimo; y Asunto de los niños y adolescentes privados de libertad en el “Complexo do Tatuapé” de la Fundação CASA. Medidas Provisionales respecto del Brasil. Resolución de la Corte de 25 de noviembre de 2008, considerando décimo tercero.

Select target paragraph3