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b)
Da��os material e inmaterial
El Estado reconoció el derecho de los familiares de las víctimas a una justa y pronta
reparación, la cual comprende las medidas de retitución, indemnización, rehabilitación,
satisfacción y garantías de no repetición. La compensación debe darse en relación con
un daño calculable por las violaciones de derechos humanos.
c)
Otras formas de reparación:
El Estado señaló que:
i) el Ministerio Público de Honduras continua desarrollando esfuerzos para la
persecución y sanción de los autores materiales e intelectuales del caso; que desde el
4 de marzo de 1996 sigue un proceso penal ante el Juzgado de Letras Primero de lo
Criminal de Tegucigalpa bajo el registro No.224-96 relativo al caso, y que se expidió
una orden de captura contra Víctor Hugo Vivas Lozano por considerarse uno de los
autores de los delitos cometidos contra las víctimas. Las acciones penales derivadas
de los hechos no han prescrito y que la Comisión, en su Informe No. 74/04, hizo
constar que la Inspectora de Derechos Humanos asignada a los casos y la Fiscalía
“hicieron un buen trabajo de investigación de los hechos”;
ii)
acepta hacer un reconocimiento público de su responsabilidad en los términos
que se acuerden y se compromete a deducir las responsabilidades administrativas a
que hubiere lugar;
iii)
se compromete a dar a conocer la ubicación, en el seno de la Administración,
de los responsables por los hechos ocurridos, una vez que los tribunales delimiten su
participación y establezcan su culpabilidad de manera incontestable y definitiva;
iv)
elaboró el “Plan Nacional de Atención a la Niñez y la Adolescencia 20022010”, que pretende servir como un documento marco de políticas públicas para
Honduras. Creó el IHNFA, cuya ley le confía la atribución de “formular, promover,
ejecutar y fiscalizar, en coordinación con el sector público y el sector privado, las
políticas de prevención y protección integral a la niñez”. La Comisión Interinstitucional
de Protección a la Integridad Física y Moral de la Niñez es “un ente asesor y de
consulta para el Poder Ejecutivo, en todo lo relacionado con la protección de la
integridad” de los niños. Entre los esfuerzos orientados a la prevención y protección
integral a la niñez y de sus derechos ha creado diversos órganos para enfrentar las
principales cuestiones relacionadas con la niñez, tales como la Comisión para la
Erradicación Gradual y Progresiva del Trabajo Infantil; el Comité de Apoyo a la
Comisión de Niñez y la Familia del Congreso Nacional; el Proyecto “Pacto por la
Infancia”; la Defensoría Municipal de la Infancia; el Comité Cívico Permanente
Interinstitucional; el Comité interinstitucional de apoyo a la Niñez Huérfana y
Vulnerable por el SIDA, así como la reforma del IHNFA y la creación del programa
Municipios Amigos de la Niñez;
v)
creó un órgano de control interno en la Secretaría de Seguridad denominado
“Unidad de Asuntos Internos”, que tiene por función investigar preventivamente los
delitos o faltas cometidos por cualquier miembro de la Policía. Como resultado, se ha
remitido al Ministerio Público la documentación de estas investigaciones y se han
presentado acusaciones criminales de distinto orden. Se creó el Consejo Nacional de
Seguridad Interior (CONASIN), con funciones de supervisión, control, seguimiento y
evaluación del sistema de seguridad pública de las actividades policiales y de las
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