17 los esfuerzos realizados por el Estado en virtud de su posición de garante de los derechos de las personas bajo su custodia13. 21. Que es indispensable que las medidas provisionales mantengan plena vigencia y produzcan sus efectos hasta tanto el Tribunal ordene su levantamiento y notifique al 14 Estado su decisión en este sentido . * * * 22. Que los representantes y la Comisión Interamericana señalaron que el Estado no ha remitido información sobre la investigación de los hechos que motivan la adopción de las medidas provisionales, la identificación de los responsables, y la imposición de las sanciones correspondientes, incluyendo las administrativas y disciplinarias (supra Vistos 4.e.i, 5.e.i y 5.e.ii). 23. Que el análisis de la efectividad de las investigaciones y procedimientos referentes a los hechos que motivaron estas medidas provisionales corresponde al examen del fondo del caso, el cual se encuentra en conocimiento de la Comisión Interamericana. POR TANTO: LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, en uso de las atribuciones que le confieren el artículo 63.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los artículos 25 y 29 de su Reglamento, RESUELVE: 1. Reiterar al Estado que mantenga las medidas que informa ya está adoptando, así como adopte de forma inmediata las medidas complementarias necesarias para evitar en forma eficiente y definitiva la violencia en el Internado Judicial de Monagas 13 Cfr. Asunto Lysias Fleury. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 2 de diciembre de 2003, considerando décimo; Asunto Giraldo Cardona. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 29 de noviembre de 2006, considerando decimonoveno, y Caso Masacre Plan de Sánchez. Medidas Provisionales, supra nota 12, considerando duodécimo. 14 Cfr. Asunto Liliana Ortega y otros. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 1 de marzo de 2005, considerando décimo; Asunto Pueblo Indígena Kankuamo. Medidas Provisionales, supra nota 2, considerando decimocuarto, y Asunto Giraldo Cardona. Medidas Provisionales, supra nota 13, considerando vigésimo primero.

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