8 LA CORTE, DECIDE: por unanimidad 1. Toma nota del reconocimiento efectuado por la Argentina acerca de los hechos articulados en la demanda. 2. Toma nota igualmente de su reconocimiento de responsabilidad internacional por dichos hechos. 3. Concede a las partes un plazo de seis meses a partir de la fecha de la presente sentencia para llegar a un acuerdo sobre reparaciones e indemnizaciones. 4. Se reserva la facultad de revisar y aprobar dicho acuerdo y, en el caso de no llegar a él, de continuar el procedimiento sobre reparaciones e indemnizaciones.

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