Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso Gómez Palomino Vs. Perú Sentencia de 22 de noviembre de 2005 (Fondo, Reparaciones y Costas) En el caso Gómez Palomino, La Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante "la Corte", "la Corte Interamericana" o "el Tribunal"), integrada por los siguientes jueces: Sergio García Ramírez, Presidente; Alirio Abreu Burelli, Vicepresidente; Oliver Jackman, Juez; Antônio A. Cançado Trindade, Juez; Cecilia Medina Quiroga, Jueza; Manuel E. Ventura Robles, Juez, y Diego García-Sayán, Juez, presentes, además, Pablo Saavedra Alessandri, Secretario, y Emilia Segares Rodríguez, Secretaria Adjunta; de conformidad con los artículos 29, 31, 53, 56 y 58 del Reglamento de la Corte (en adelante "el Reglamento"), y el artículo 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención” o “la Convención Americana”) dicta la siguiente Sentencia. I INTRODUCCIÓN DE LA CAUSA 1. El 13 de septiembre de 2004 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante "la Comisión" o "la Comisión Interamericana") sometió a la Corte una demanda contra el Estado del Perú (en adelante "el Estado" o “el Perú"), la cual se originó en la denuncia No. 11.062, recibida por la Secretaría de la Comisión el 8 de octubre de 1992, en razón de la alegada detención ilegal del señor Santiago Gómez

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