76 5. que el Estado de Guatemala debe pagar, por equidad, como reintegro de los gastos y costas generados en la jurisdicción interamericana, la cantidad de US$20.000,00 (veinte mil dólares de los Estados Unidos de América) al abogado Mark Martel, representante de los familiares de las víctimas Anna Elizabeth Paniagua Morales, Oscar Vásquez y Manuel de Jesús González López; al abogado René Argueta Beltrán, representante de los familiares de Erick Leonardo Chinchilla y Pablo Corado Barrientos la cantidad de US$2.000,00 (dos mil dólares de los Estados Unidos de América); y al abogado Avilio Carrillo Martínez, representante de los familiares de William Otilio González Rivera, la cantidad de US$1.000,00 (un mil dólares de los Estados Unidos de América). por unanimidad 6. Que el Estado de Guatemala debe cumplir con las medidas de reparación dispuestas en la presente sentencia dentro de los seis meses contados a partir de su notificación. por unanimidad 7. Que los pagos dispuestos en la presente sentencia estarán exentos de todo gravamen o impuesto existente o que llegue a existir en el futuro. por unanimidad 8. Que supervisará el cumplimiento de esta sentencia y dará por concluido el presente caso una vez que el Estado de Guatemala haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto en ella. El Juez Carlos Vicente de Roux Reginfo hizo conocer a la Corte su Voto Concurrente, el cual acompaña a esta sentencia. Redactada en español y en inglés, haciendo fe el texto en español, en San José, Costa Rica, el día 25 de mayo de 2001. Antônio A. Cançado Trindade Presidente Hernán Salgado Pesantes Oliver Jackman

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