74 partes iguales entre: los hermanos Santos Hugo, José Alfredo, Julio Moisés, Anatanahel y Leidy Rosibel, todos González Rivera. D. En relación con Pablo Corado Barrientos: a. US$32.814,00 (treinta y dos mil ochocientos catorce dólares de los Estados Unidos de América)63 como indemnización por la pérdida de ingresos de Pablo Corado Barrientos, cantidad que será entregada a Juana Barrientos Valenzuela, madre de la víctima. b. US$2.000,00 (dos mil dólares de los Estados Unidos de América)64 por los gastos efectuados por los familiares de Pablo Corado Barrientos, cantidad que deberá ser entregada a Juana Barrientos Valenzuela, en su calidad de madre de la víctima. c. US$22.000,00 (veintidós mil dólares de los Estados Unidos de América)65 por el daño moral ocasionado a Pablo Corado Barrientos y sus familiares, cantidad global que deberá ser distribuida de la siguiente manera: US$20.000,00 (veinte mil dólares de los Estados Unidos de América), asignados a la madre, Juana Barrientos Valenzuela, y la cantidad de US$2.000,00 (dos mil dólares de los Estados Unidos de América) para ser distribuidos en partes iguales entre los hermanos, Francisca y Tino Corado Barrientos. E. En relación con Manuel de Jesús González López: a. US$78.372,00 (setenta y ocho mil trescientos setenta y dos dólares de los Estados Unidos de América)66 como indemnización por la pérdida de ingresos de Manuel de Jesús González López, cantidad que deberá ser distribuida de la siguiente manera: US$39.186,00 (treinta y nueve mil ciento ochenta y seis dólares de los Estados Unidos de América) serán entregados a la cónyuge, María Elizabeth Chinchilla, y US$39.186,00 (treinta y nueve mil ciento ochenta y seis dólares de los Estados Unidos de América) serán distribuidos en partes iguales entre los tres hijos de la víctima, Karen Paola, Silvia Argentina y Manuel Alberto, todos González Chinchilla, es decir, US$13.062,00 (trece mil sesenta y dos dólares de los Estados Unidos de América) para cada uno. b. US$3.000,00 (tres mil dólares de los Estados Unidos de América)67 por los gastos efectuados por los familiares de Manuel de Jesús González López, cantidad que deberá ser entregada a María Elizabeth Chinchilla. c. US$40.000,00 (cuarenta mil dólares de los Estados Unidos de América)68 por el daño moral ocasionado a Manuel de Jesús González López y 63 Ibid. 64 Ibid. 65 Ibid. 66 Ibid. Ibid. 67

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